La Reserva Federal de EE.UU. le impuso una multa de USD 29 millones de dólares al Taiwan’s Mega Bank por fallas en sus políticas internas para prevenir el lavado de activos. Dentro de la sanción se le exige al banco revaluar varios aspectos de su sistema.
La Reserva Federal reveló este 17 de enero que el Taiwan’s Mega Bank en EE.UU. no mantuvo un programa efectivo para cumplir con la Ley de Secreto Bancario y las leyes contra el lavado de activos.
Producto de esos hallazgos le impuso una millonaria multa y le ordenó –en un plazo máximo de 60 días– presentar un programa de ajustes a sus políticas internas de prevención del lavado de activos.
El banco tendrá que ajustar sus políticas, procedimientos y controles de debida diligencia para garantizar que su sucursal en Nueva York “recopile, analice y conserve la información completa y precisa del cliente para todos los titulares de la[s] cuenta[s]”.
Concretamente, el Taiwan’s Mega Bank tendrá que garantizar que tiene la documentación necesaria para verificar la identidad, fuente de riqueza y actividades comerciales de sus clientes; así como diseñar una metodología que asigne calificaciones de riesgo a los titulares de cuentas dependiendo del tipo de cliente, el tipo de productos y servicios que manejan y sus ubicaciones geográficas.
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También tendrá que “identificar las categorías de clientes que presentan un mayor riesgo de realizar actividades potencialmente ilícitas en o a través de la sucursal de Nueva York” y “determinar el nivel apropiado de diligencia debida mejorada requerida para las categorías de clientes que presentan un mayor riesgo”.
En el marco de la sanción hubo además exigencias de ajustes en lo relacionado con el monitoreo y reporte de operaciones sospechosas.
Dicho lo anterior, el banco se ve obligado a presentar políticas y procedimientos que aseguren que “todos los datos necesarios de clientes y transacciones se recopilen a través de todas las líneas comerciales y se agreguen en un sistema de monitoreo de transacciones apropiado para garantizar el monitoreo integral de actividades sospechosas”.
Además, deberá diseñar “una metodología bien documentada para establecer reglas y umbrales de monitoreo apropiados para el perfil de riesgo, productos, servicios, base de clientes y ubicaciones geográficas de la sucursal de Nueva York” con el objetivo de identificar operaciones sospechosas.
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