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Debida diligencia SARLAFT y consulta de listas restrictivas

Enviado por Infolaft el

Artículo por: Infolaft

Para cumplir con la debida diligencia en el SARLAFT, las empresas y entidades financieras pueden consultar listas restrictivas y de cautela.

Debida diligencia SARLAFT, listas y la ley 1908 de 2018

En julio de 2018 el Congreso de Colombia expidió la ley 1908, la cual dictó pautas para fortalecer la investigación y judicialización de grupos armados y delictivos.

El artículo 30A de dicha ley definió que a las personas condenadas por algunos delitos se les impondría una restricción para realizar operaciones en efectivo.

Dentro de esos delitos se encuentran el lavado de activos y la financiación del terrorismo.

Cabe resaltar que la restricción aplica para aquellos condenados que sean cobijados con medidas de libertad condicional.

Tal restricción, definida en la norma y útil para la debida diligencia SARLAFT, es de diez salarios mínimos mensuales legales vigentes.

Lea también: SAGRILAFT, sistema para prevenir lavado de activos en empresas

Además, los movimientos solo se pueden realizar desde una única cuenta bancaria.

Lea también: debida diligencia de empleados, ¿cómo llevarla a cabo?

¿Qué definió la Superfinanciera?

Para dar cumplimiento a la ley, la Superintendencia Financiera definió la manera en que sus vigiladas debían realizar la debida diligencia SARLAFT.

Concretamente lo hizo en el numeral 1.6.2 de la Circular Externa 22 de 2019.

A través de dicha norma señaló que las entidades financieras podrán requerir al cliente la información necesaria para determinar si aplica la restricción.

Adicionalmente, el numeral 1.6.3 precisó que –previa autorización del consumidor financiero– se podrán consultar las centrales de información.

Aquello para cumplir con la debida diligencia SARLAFT y verificar que las personas objeto de restricción no tengan otras cuentas.

Incluso, la Superfinanciera indicó que este proceso se puede apoyar en la información de “otros medios disponibles”.

Listas restrictivas y debida diligencia SARLAFT: ¿qué dice la Superfinanciera?

La Superfinanciera recordó, por medio del concepto 2019177172-001, las facultades que tienen las entidades financieras.

Allí manifestó que es posible consultar “de manera discrecional”, dentro de la debida diligencia SARLAFT, listas adicionales a las emitidas por la ONU.

Cabe recordar que dicho listado, así como el expedido por el Consejo de Seguridad Nacional de Colombia, es obligatorio.

De acuerdo con el concepto, las listas adicionales pueden estar contempladas en el SARLAFT de las instituciones.

Listas adicionales para el SARLAFT

Incluso, el supervisor reconoció que en la debida diligencia SARLAFT existen algunas listas adicionales que pueden ser consideradas.

Por ejemplo, aquellas expedidas por "autoridades privadas o públicas, locales y extranjeras" que incluyan presuntos delincuentes.

Tal es el caso de la información de responsables fiscales, así como los antecedentes disciplinarios, que pueden ser usados en la debida diligencia SARLAFT.

También entran en esa categoría los antecedentes judiciales, contadores sancionados y proveedores ficticios, entre otras.

El concepto agrega que se puede "acudir libremente a otros registros, datos o listados locales y extranjeros" relacionados con prevención del LA/FT.

Todo ello debido a que esos listados adicionales pueden responder al término de otros medios disponibles, señalados en el subnumeral 1.6.3.

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