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¿Viene reglamentación de la debida diligencia en Colombia?

Enviado por Infolaft el

Artículo por: Infolaft

Superintendencias podrían realizar cambios en los SARLAFT, SAGRILAFT y SIPLAFT respecto a las obligaciones de debida diligencia.

El pasado 18 de enero el Gobierno de Colombia promulgó la ley 2195 de 2022 para establecer un conjunto de medidas para combatir la corrupción.

Por medio del artículo 12 de esa ley se creó el principio de debida diligencia, un avance normativo muy esperado en el país.

Con base en ese principio, las empresas, entidades del Estado y demás sujetos obligados a prevenir el lavado de activos adquieren el deber de identificar beneficiarios finales.

No obstante, poca atención se le ha prestado al parágrafo uno de ese artículo 12, el cual puede tener un gran impacto en los sujetos obligados.

Allí se establece que las superintendencias y demás instituciones reguladoras tendrán que hacer una especie de reglamentación de la debida diligencia.

El parágrafo uno pide a los supervisores definir “las condiciones específicas que deben tener en cuenta sus vigilados o supervisados para adelantar el proceso de debida diligencia”.

Para hacer esa definición, las superintendencias tendrán un plazo de seis meses a partir de la entrada en vigor de la ley. Es decir, hasta el 18 de julio de 2022.

Debido a ello es posible prever próximos ajustes en los SARLAFT, SAGRILAFT, SIPLAFT y demás sistemas vigentes de prevención del lavado de activos en Colombia.

¿Qué han dicho las superintendencias?

Por lo pronto, la Superintendencia de Sociedades es la única que ha hecho un pronunciamiento concreto al respecto.

A través del oficio 220-057402 del 7 de marzo de 2022, precisó que el principio de debida diligencia contenido en la ley “debe cumplirse de manera complementaria” a las disposiciones del SAGRILAFT.

Además, manifestó que la ley “no se podría entender como derogatoria” de las disposiciones actuales sobre la debida diligencia.

Sin embargo, reiteró que la obligación de debida diligencia estipulada en la ley 2195 “está sujeta a reglamentación”.

Debido a lo anterior, se recomienda a todos los oficiales de cumplimiento estar atentos a los posibles cambios que realicen las autoridades a los sistemas de prevención del LA/FT.

Infolaft hará seguimiento a las novedades que se presenten e informará oportunamente a sus lectores.

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