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¿Nueva lista sobre Venezuela para prevenir lavado de activos?

Enviado por Infolaft el

Artículo por: Infolaft

Un proyecto de ley, que pasa a la Plenaria del Senado, propone crear una lista de funcionarios de Venezuela para evitar el lavado de activos.

El proyecto de ley 186 de 2020, el cual busca crear una “lista contra el lavado de activos por parte de miembros del régimen venezolano”, avanza para convertirse en ley.

Fue aprobado en primer debate por la Comisión Primera del Senado de la República en la sesión del pasado 21 de abril de 2021.

Ahora le restan tres debates: uno en la Plenaria del Senado, otro en la Comisión Primera de la Cámara y uno final en la Plenaria de la Cámara.

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¿Qué propone la iniciativa contra el lavado de activos?

El proyecto busca “prevenir y enfrentar actividades de lavado de activos, con incidencia en el territorio colombiano por parte de miembros del régimen venezolano”.

Para estos efectos, considera como “miembros del régimen venezolano” a las siguientes personas:

  • Altos funcionarios del Gobierno de Venezuela.
  • Integrantes de la Asamblea Nacional Constituyente.
  • Funcionarios de las Fuerzas Militares.
  • Representantes legales de empresas vinculadas al gobierno venezolano.

Con el fin de prevenir las presuntas actividades de lavado de activos, se propone crear una lista, cuyos integrantes no podrían realizar negocios en Colombia.

Pormenores de la posible lista

Al interior del parágrafo del artículo 3 del proyecto se lee que “para la conformación de la lista, se tendrán en cuenta indicios de participación en actividades de lavado de activos”.

También se considerarán las sospechas sobre “violación del orden constitucional y del ordenamiento jurídico”.

Además, “el desarrollo de actividades delictivas como financiación del terrorismo, narcotráfico y corrupción, entre otros”.

En este sentido, el Gobierno Nacional y la Fiscalía General de la Nación tendrían la tarea de fijar “los criterios objetivos para la composición de la lista”.

Curso oficial de cumplimiento
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¿Comisiones contra el lavado de activos en Senado y Cámara?

El artículo 4 plantea la creación, tanto en Senado como en Cámara, de comisiones accidentales contra el lavado de activos.

Su principal tarea sería la de “recomendar al Gobierno Nacional la actualización de la lista, sin perjuicio de las competencias del gobierno en el manejo de las relaciones exteriores”.

Tales comisiones, de ser aprobado el proyecto, tendrían que sesionar conjuntamente cada seis meses con el fin de verificar la necesidad de actualizar la lista.

Eventuales tareas para los sujetos obligados

Los sujetos obligados a implementar sistemas de administración de riesgos de lavado de activos y financiación del terrorismo también quedarían con nuevas tareas.

Según lo expuesto por el artículo 5, todos ellos tendrían que reportar a la UIAF y la Fiscalía “cualquier actividad, negocio o acto jurídico relacionados con las personas individualizadas en la lista”.

Respecto a los bienes, se prevé que sean objeto de las medidas cautelares establecidas en el artículo 88 del Código de Extinción de Dominio.

Finalmente, el parágrafo 1 del artículo 6 exige a las entidades supervisoras emitir regulaciones para prohibir a sus vigiladas los negocios con cualquier integrante de la lista.

Habrá que estar muy atentos al avance de esta iniciativa.

No solo porque crearía una nueva lista, sino que impondría responsabilidades adicionales sobre los oficiales de cumplimiento de todos los sectores.

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