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Nueva lista europea de jurisdicciones de riesgo de LA/FT

Enviado por Infolaft el

Artículo por: Infolaft

La Comisión Europea adoptó una nueva lista de países extra-europeos con regímenes débiles y deficiencias estratégicas de prevención de lavado de activos y financiación del terrorismo. Según informó la comisión, el objetivo de esta lista es proteger el sistema financiero de la UE mediante una mejor prevención de los riesgos de lavado de dinero y financiamiento del terrorismo. Las listas vinculantes para Colombia Como resultado de la lista, los bancos y otras entidades cubiertas por las normas de la Unión Europea (UE) contra el lavado de activos deberán aplicar un mayor nivel de debida diligencia en las operaciones financieras que involucren a clientes e instituciones financieras de estos terceros países de alto riesgo. La debida diligencia del cliente corresponde a una serie de controles y medidas que un banco o una entidad obligada tienen que usar en caso de que tengan sospechas de alto riesgo de lavado de dinero o financiamiento del terrorismo. Las medidas de diligencia debida mejoradas incluyen controles adicionales y el monitoreo de esas transacciones por parte de los bancos y entidades obligadas para prevenir, detectar e interrumpir transacciones sospechosas. La Quinta Directiva contra el lavado de dinero aclara el tipo de vigilancia mejorada que se debe aplicar, que incluye obtener información adicional sobre el cliente y el beneficiario efectivo u obtener la aprobación de la administración superior para establecer una relación comercial. La inclusión en la lista no implica ningún tipo de sanciones, restricciones a las relaciones comerciales ni impedimentos para la ayuda al desarrollo; pero requiere que los bancos y las entidades obligadas apliquen medidas de vigilancia mejorada en transacciones que involucren a estos países. La Comisionada de Justicia, Consumidores e Igualdad de Género de la Comisión Europea, Věra Jourová, dijo a propósito de la expedición de esta lista que Europa ya ha “establecido las normas más estrictas contra el lavado de dinero en el mundo, pero tenemos que asegurarnos de que el dinero sucio de otros países no llegue a nuestro sistema financiero. El dinero sucio es el alma de la delincuencia organizada y el terrorismo. Invito a los países enumerados a remediar sus deficiencias rápidamente”. Listas restrictivas y habeas data La Comisión tiene el mandato de llevar a cabo una evaluación autónoma para identificar a los terceros países de alto riesgo según las Cuarta y Quinta Directivas contra el Blanqueo de Dinero de la comisión. La nueva lista se estableció a partir de un análisis de 54 jurisdicciones prioritarias, que se hizo pública el 13 de noviembre de 2018. Los países evaluados cumplen al menos uno de los siguientes criterios para ser incluidos en la lista: tienen un impacto sistémico en la integridad y fuertes lazos con el sistema financiero de la Unión Europea, o son considerados por el Fondo Monetario Internacional como centros financieros internacionales offshore. Para cada país, la Comisión evaluó el nivel de amenaza existente, el marco legal y los controles establecidos para prevenir los riesgos de lavado de dinero y financiamiento del terrorismo y su implementación efectiva. La comisión también tuvo en cuenta el las evaluaciones de riesgo de LA/FT realizadas por el Grupo de Acción Financiera Internacional (Gafi). Las 23 jurisdicciones designadas son:
  • Afganistán
  • Samoa Americana
  • Las Bahamas
  • Botsuana
  • República Popular Democrática de Corea
  • Etiopía
  • Ghana
  • Guam
  • Irán
  • Irak
  • Libia
  • Nigeria
  • Pakistán
  • Panamá
  • Puerto Rico
  • Samoa
  • Arabia Saudita
  • Sri Lanka
  • Siria
  • Trinidad y Tobago
  • Túnez
  • Islas Vírgenes de los Estados Unidos
  • Yemen
La Comisión adoptó la lista en forma de Reglamento Delegado, lo que significa que ahora deberá ser presentada ante el Parlamento Europeo y el Consejo de Europa para su aprobación, aproximadamente dentro de un mes. Una vez aprobado, el Reglamento Delegado se publicará en el Diario Oficial y entrará en vigor 20 días después de su publicación. “La Comisión continuará su compromiso con los países identificados con deficiencias estratégicas en el presente Reglamento Delegado y se involucrará aún más en los criterios de exclusión. Esta lista permite a los países interesados identificar mejor las áreas de mejora para allanar el camino para una posible exclusión de la lista una vez que se aborden las deficiencias estratégicas”, señaló la comisión. Lea también: 15 Claves para consultar listas: 1. Determinar el Marco legal

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