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Sancionan a corredora de seguros por falla de su SARLAFT

Enviado por Infolaft el

Artículo por: Infolaft

Por medio de la resolución 469 de 2020 la Superintendencia Financiera sancionó a una entidad vigilada que por más de dos años no tuvo oficial de cumplimiento suplente debidamente posesionado.

En agosto de 2018 la Directora Legal de Prevención y Control de Lavado de Activos de la Superintendencia Financiera le solicitó a la Coordinación de Registro de la misma institución información acerca de una empresa corredora de seguros.

Dicha coordinación entregó el reporte en octubre de 2018 y allí se evidenció que la entidad financiera llevaba más de 20 meses sin un oficial de cumplimiento suplente debidamente posesionado.

Según la resolución sancionatoria, el 17 de enero de 2017 la oficial de cumplimiento suplente de la corredora de seguros presentó renuncia a su cargo, pero solo hasta el 14 de julio del mismo año esa entidad financiera solicitó la posesión de un funcionario para suplir la vacancia.

No obstante, dicha posesión no pudo ser efectiva por cuanto el postulado no contaba con las debidas acreditaciones en gestión de riesgos.

De hecho, sostiene la Superfinanciera, se evaluó la posibilidad de que el candidato realizara el mismo diplomado de administración del riesgo de lavado de activos y financiación del terrorismo que había hecho su antecesora.

Listas restrictivas y listas vinculantes
Listas restrictivas y listas vinculantes

No obstante, “por temas de la oferta en la ciudad de Cali y tiempo no se pudo realizar”.

Poco más de tres meses después, el 30 de octubre, la Superintendencia Financiera emitió un oficio de desistimiento de la solicitud de posesión de oficial de cumplimiento suplente.

Pasó casi un año desde la emisión de ese oficio para que la corredora de seguros iniciara, en septiembre de 2018, el trámite de posesión para que otro funcionario ocupara el cargo vacante.

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En el mismo mes de septiembre de 2018 la Superintendencia Financiera recibió la solicitud de registro del nuevo funcionario, pero requirió información complementaria sobre la hoja de vida para avanzar con el proceso.

Dicha solicitud, asegura la Superfinanciera en la resolución de sanción, nunca fue atendida y por ello optó por archivar el proceso –una vez más– en diciembre de 2018.

Ya en marzo de 2019 la entidad financiera presentó de nuevo la postulación de un funcionario para que ocupara el cargo de oficial de cumplimiento suplente.

Esta vez sí se cumplieron todos los requisitos y posesión fue exitosa.

La defensa de la entidad financiera

La corredora de seguros aseguró ser “consciente de la obligatoriedad de contar con el oficial de cumplimiento suplente tal como lo tiene dispuesto la Superintendencia en su marco normativo”.

Sin embargo, señaló que su oficial de cumplimiento principal asumió el cargo “con la frecuencia indicada y no han existido ausencias por motivo de vacaciones, licencias o situaciones que hayan requerido al oficial de cumplimiento suplente, por lo cual no hemos estado expuestos a situaciones en las que se haya ameritado la actividad de este cargo”.

Con base en ese argumento la corredora le solicitó a la Superfinanciera “considerar como ya subsanado este incumplimiento”, al tiempo que manifestó su “firme compromiso de atender las disposiciones definidas por dicha Superintendencia”.

El Sarlaft requiere de ambos oficiales de cumplimiento

La Superfinanciera recordó que el SARLAFT “es un proceso sistémico, sistemático y cíclico dentro de las entidades” que debe ser gestionado por el oficial de cumplimiento principal y su suplente.

Si bien la entidad de supervisión reconoció que el oficial de cumplimiento suplente puede ejercer el cargo de principal ante algunas ausencias temporales, precisó que “no puede permitirse que esta situación tenga carácter permanente”.

De hecho, recordó que “no puede aceptarse que las vigiladas omitan la presencia de uno de los dos” debido a que el SARLAFT previó la existencia de las dos figuras de manera simultánea, con condiciones diferentes para cada uno de ellos.

Incluso, la Superintendencia desechó el argumento expuesto por la corredora en el sentido de que en Cali es difícil conseguir profesionales que reúnan los requisitos exigidos por la norma para desempeñarse como oficial de cumplimiento suplente.

A ojos de la Superfinanciera, “desde el momento en que la entidad es autorizada como vigilada (…) debe adoptar las medidas necesarias para dar cumplimiento a las normas que la regulan”.

En virtud del incumplimiento comprobado, la corredora de seguros recibió una multa de 50 millones de pesos.

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