PTEE cumplimiento
Quedan pocos días para que termine el plazo fijado por la Superintendencia de Sociedades para que las empresas actualicen sus PTEE.
Desde el primero de junio de 2022 serán exigibles todas las disposiciones contenidas dentro del nuevo capítulo 13 de la Circular Básica Jurídica.
A continuación, les contamos en qué puntos se fijará la Supersociedades para verificar el cumplimiento del PTEE.
PTEE, lo que deben tener las empresas
A través de su política de supervisión, el supervisor detalló el conjunto de acciones que deben realizar las empresas.
En primer lugar, deben “establecer un claro y decidido compromiso” de los administradores, empleados y asociados para prevenir el soborno transnacional.
También deben evaluar los riesgos de C/ST, tener por escrito su PTEE y designar a un oficial de cumplimiento.
Sobre esta designación la Supersociedades exige que se trata de “un individuo con la idoneidad, experiencia y liderazgo requeridos para gestionar los riesgos”.
Otro de los puntos clave que se revisarán son los procedimientos de debida diligencia, los cuales deben ser “adecuados y suficientes”.
Los funcionarios de la Superintendencia también tendrán en cuenta las evaluaciones de la empresa para comprobar la efectividad de sus procedimientos, entre otros.
PTEE, algunas preguntas del examen
Durante las visitas in situ, la Supersociedades solicitará la matriz de riesgo “que identifique y evalúe en detalle los riesgos C/ST, dependiendo de los factores de riesgo propios”.
Anticipó, además, que va a requerir la documentación para verificar que el PTEE fue aprobado por la junta directiva o máximo órgano social.
Las metodologías de segmentación de los factores del riesgo C/ST también serán evaluadas, así como los mecanismos de identificación, medición, evaluación, control y monitoreo del riesgo.
El conjunto de mecanismos para realizar la debida diligencia y los utilizados para medir la efectividad del PTEE serán un punto importante en las visitas.
Finalmente, solicitará los soportes de la divulgación y capacitación del PTEE entre los empleados, asociados, administradores, contratistas y demás partes interesadas.
Órdenes administrativas y sanciones
En la política de supervisión también hay una advertencia para aquellas empresas que no cumplan a cabalidad con las disposiciones del PTEE.
En aquellos casos en los que se observen incumplimientos leves y no reiterados la Supersociedades emitirá órdenes administrativas de corrección.
Las órdenes, anticipó el supervisor, tendrán un “plazo perentorio para subsanar las irregularidades evidenciadas”.
Cuando las instrucciones no sean atendidas, “la Superintendencia de Sociedades dará inicio al proceso administrativo sancionatorio, garantizándose en todo momento el respeto al derecho fundamental al debido proceso”.
La apertura directa de procesos sancionatorios también tendrá lugar cuando identifique incumplimientos normativos, sin necesidad de que antes se haya emitido órdenes administrativas.
Los empresarios y oficiales de cumplimiento quedan notificados: desde el primero de junio de 2022 y en caso de incumplimientos, tendrán que enfrentarse a fuertes sanciones.