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Millonaria multa contra “unicornio” por fallas en SAGRILAFT y PTEE

Enviado por Infolaft el

Artículo por: Infolaft

Sancion por fallas de SAGRILAFT en Colombia. Imagen Freepik

Sancion por fallas de SAGRILAFT en Colombia. Imagen Freepik

La Superintendencia de Sociedades impuso dos sanciones que suman más de 707 millones de pesos (USD 175.000 dólares) en contra de una de las empresas tecnológicas más reconocidas de Colombia.

Todo comenzó a mediados de julio de 2023, momento en el que la Superintendencia de Sociedades de Colombia anunció la apertura de pliegos de cargos en contra de R SAS.

¿Las razones? Presuntos incumplimientos de las disposiciones establecidas en el SAGRILAFT y el PTEE, definidos en los capítulos 10 y 13 de la Circular Básica Jurídica de la Supersociedades.

Pues bien, esa investigación concluyó con la imposición de dos sanciones por más de 707 millones de pesos (USD 175.000 dólares), un hecho inédito en materia de supervisión de prevención del lavado de activos y la financiación del terrorismo en el sector no financiero de Colombia.

Es un hecho inédito por varias razones: en primer lugar, esta sería la primera sanción impuesta directamente por incumplimientos del SAGRILAFT y PTEE (las anteriores multas se enfocaron en el no reporte de información).

Por otra parte, el monto es el más alto del que se tenga registro, toda vez que en casos anteriores las sumas no superaban los 31 millones de pesos (USD 7700 dólares).

Además, porque la sanción va dirigida contra una de las empresas tecnológicas de origen colombiano más representativas del continente.

SAGRILAFT

¿Qué sabemos de la sanción?

Si bien la Superintendencia de Sociedades no ha hecho públicas las resoluciones administrativas sancionatorias, se conoce que R SAS habría incurrido en varios incumplimientos dentro de sus sistemas para prevenir lavado de activos y corrupción.

Según un comunicado de la Supersociedades, la empresa “operó un tiempo sin oficial de cumplimiento principal ni suplente para el SAGRILAFT conforme lo dispuesto en la Circular Básica Jurídica”.

Otra de sus fallas consistió en que “no contaba con una matriz de riesgos u otro mecanismo que identificara, midiera o evaluara los riesgos de LA/FT/FPADM ni estableciera las condiciones para su control y monitoreo en cabal forma”.

Adicional a lo anterior, agrega el supervisor, R SAS “no adoptó medidas que le permitieran identificar y controlar riesgos asociados al Soborno Transnacional en los términos establecidos en el Capítulo XIII de la Circular Básica Jurídica”.

Es importante precisar que contra los actos administrativos sancionatorios proceden los recursos de reposición ante la Directora de Cumplimiento y de apelación ante el Superintendente Delegado de Asuntos Económicos y Societarios.

Respaldo a la labor del oficial de cumplimiento

A pesar de la connotación negativa de la sanción para R SAS, hay un elemento positivo de cara a la prevención del lavado de activos, la financiación del terrorismo y la corrupción en las empresas.

De acuerdo con Billy Escobar, superintendente de sociedades, “es importante recordar a los sujetos obligados a SAGRILAFT y PTEE la importancia que reviste contar con un oficial de cumplimiento”.

En palabras del alto funcionario, el oficial de cumplimiento “es el líder de la implementación y seguimiento de los sistemas de gestión de riesgos. Su ausencia, así sea temporal, impide una adecuada administración de los sistemas”.

Así las cosas, en todo momento los sujetos obligados deben contar con oficiales de cumplimiento debidamente designados y capacitados para proteger a las organizaciones de los riesgos.

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