La Supersociedades señaló que las empresas obligadas deben tener un SAGRILAFT serio y confiable que prevea “varios mecanismos” para conocer a los beneficiarios finales.
¿Basta con pedirle a una contraparte la información de sus beneficiarios finales para dar cumplida dicha obligación?
La respuesta es clara y contundente: no.
Por medio del oficio 220-174559 del 11 de noviembre de 2021, la Supersociedades reiteró que los SAGRILAFT deben contar con varios mecanismos para conocer a los beneficiarios finales de sus contrapartes.
El importante pronunciamiento se dio luego de que un particular le preguntara al supervisor si las sociedades tenían el deber de entregar esos datos.
A través del oficio, la Supersociedades reconoció que “las contrapartes pueden negarse a presentar información acerca de la composición accionaria de su capital, amparada en la reserva legal”.
No obstante, y ante ese escenario, las empresas deben prever “varios mecanismos para acceder al conocimiento del beneficiario final de su contraparte”.
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Solo de esa manera, agregó la Superintendencia, será posible demostrar “un verdadero interés en ubicar la información pretendida”.
Vale la pena recordar que la obligación de conocer a los beneficiarios finales es de medio y no de resultado.
En todo caso, los oficiales de cumplimiento deben poder comprobar que agotaron todos los recursos para cumplir con la exigencia.
Finalmente, el supervisor señaló en el oficio que cada empresa “deberá sopesar (…) si decide entablar relaciones contractuales con la contraparte de quien no logro identificar su beneficiario final".
En caso de que lo hagan, entienden que están "asumiendo los riesgos propios de tal situación”, puntualizó.