Durante este año dos firmas corredoras de seguros y una entidad fiduciaria han sido multadas por la Superintendencia Financiera de Colombia por no tener un Oficial de Cumplimiento suplente debidamente posesionado ante esa entidad. Las sanciones, que suman un total de $100.000.000, fueron impuestas entre julio y septiembre de este 2017.
Las listas vinculantes para Colombia
Para justificar la imposición de las multas, la Superfinanciera señalo que, dado que el Oficial de Cumplimiento es la persona en el primer nivel de responsabilidad para que la actividad corporativa se desarrolle de manera segura, y que es quien deben adoptar las medidas que impidan la materialización del riesgo de LA/FT, “la presencia del Oficial de Cumplimiento Suplente resulta relevante dado el carácter preventivo de la actividad de administración de riesgos, es decir, que en todo momento las entidades vigiladas pueden contar con alguien que esté velando por la aplicación del Sarlaft de manera correcta, efectiva y eficiente”.
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La superintendencia, además, señaló que es ella la encargada de establecer si un funcionario es lo suficientemente idóneo y responsable y que dicha calificación se hace al momento de la posesión.
Aunque en sus descargos las entidades esgrimieron argumentos como que “los requisitos para desempeñar el cargo de Oficial de Cumplimiento Suplente no son fáciles de reunir por lo que su búsqueda se dificultó” y que “no obstante la falta del Oficial de Cumplimiento Suplente el Sarlaft no dejó de funcionar y que no se materializó el riesgo”, ninguna de las empresas sancionadas interpuso recursos contra la resolución por la cual se impone la sanción.
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