La Superintendencia de Sociedades acaba de actualizar su Circular Básica Jurídica para obligar a empresas de servicios contables, oficinas de abogados, constructoras, inmobiliarias, compañías proveedoras de vehículos y autopartes, y minas y canteras a prevenir el LA/FT. Análisis.
Colombia ya puede decir que emitió una completa regulación para las actividades y profesiones no financieras designadas (Apnfd) y por esa vía comenzar a cumplir con lo exigido por el Grupo de acción Financiera Internacional (Gafi) en su recomendación 23.
La emisión de esta norma llega en un momento más que oportuno, toda vez que este avance se podrá incluir dentro de las respuestas a los cuestionarios que deben ser enviados al Fondo Monetario Internacional (FMI) antes de que finalice el año, esto en el marco de la evaluación que dicho organismo realizará en 2017 al sistema colombiano contra el lavado de activos y la financiación del terrorismo.
En diálogo con Infolaft el superintendente de sociedades, Francisco Reyes Villamizar, dijo que ‘‘de lo que se trata es de actualizar la circular para ponerla a tono con las políticas impuestas por el Grupo de Acción Financiera Internacional (Gafi) y el Gafilat, de manera que podamos tener un estándar internacional en el sector real de la economía’’.
El alto funcionario agregó que ‘‘realmente lo que hemos hecho es imponer la obligación a un grupo determinado de compañías que tiene un monto de ingresos bien significativos, y que están sometidas a la vigilancia o control de la entidad, a poner en marcha sistemas para la autorregulación y la prevención del lavado de activos y la financiación del terrorismo’’.
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