El pasado 3 de octubre la Superintendencia Financiera de Colombia reexpidió su Circular Básica Jurídica con el objetivo de actualizar ''su contenido con la normatividad y con los pronunciamientos jurisprudenciales vigentes en materia financiera, aseguradora y del mercado de valores''. La consecuencia práctica de esta decisión es que el Sarlaft ya no se ubica en el Título I Capítulo XI.
De acuerdo con la Superfinanciera la reexpedición de la Circular Básica Jurídica contribuye a la implementación de estándares internacionales, especialmente en lo referente a las recomendaciones de política regulatoria de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (Ocde por su sigla en inglés), ''permitiendo que las instrucciones dirigidas a las entidades sujetas a la supervisión de esta Superintendencia se encuentren actualizadas y bajo una estructura que facilite su consulta por parte de las entidades y el público en general''.
La entidad de supervisión también manifestó que ''el nuevo texto de la circular reúne y actualiza las diferentes instrucciones en materia jurídica, emitidas por las anteriores Superintendencia Bancaria y Superintendencia de Valores, así como las expedidas posteriormente por la Superintendencia Financiera de Colombia, con el propósito de recopilar y reorganizar en un solo compendio las normas vigentes, y armonizar su contenido con la evolución de la regulación del sector y demás disposiciones legales aplicables''.
En consecuencia la Circular Básica Jurídica quedó dividida en tres partes:
- Parte I: Instrucciones generales aplicables a las entidades vigiladas
- Parte II:Mercado intermediado
- Parte III: Mercado desintermediado
En razón de lo anterior las instrucciones relativas a la administración del riesgo de lavado de activos y financiación del terrorismo quedaron en la Parte I, Título IV, Capítulo IV de la Circular Básica Jurídica.