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El SARLAFT en tiempos de emergencia

Enviado por Infolaft el

Artículo por: Infolaft

A pesar de las medidas restrictivas que se han impuesto a lo largo de Colombia para contener el avance del Covid-19, las empresas deben continuar cumpliendo con las normas de prevención del lavado de activos. ¿Cómo hacerlo?

Ni el SARLAFT de la Superintendencia Financiera ni el SAGRLAFT de la Superintendencia de Sociedades hacen excepciones en el cumplimiento de sus controles ante escenarios de crisis.

Esto quiere decir, ni más ni menos, que las áreas de cumplimiento, tanto de entidades financieras como de empresas del sector real, deben continuar con su trabajo y mantener en funcionamiento sus sistemas para gestionar el riesgo de lavado de activos y financiación del terrorismo.

Cabe recordar que tanto en el SARLAFT financiero, como en el SARLAFT del sector real, los oficiales de cumplimiento tienen la obligación de “velar por el efectivo, eficiente y oportuno funcionamiento de las etapas que conforman el SARLAFT”.

Esta función no hace distingo de coyunturas ni de situaciones especiales, por ello es muy importante que los profesionales de cumplimiento tomen todas las medidas que consideren necesarias para que sus sistemas funcionen correctamente.

Esto sin importar si en sus empresas se implementa el teletrabajo obligatorio, se adelantan vacaciones o si se presentan eventuales recortes de personal.

De acuerdo con Cesar Reyes Acevedo, delegado para riesgo de lavado de activos de la Superintendencia Financiera, “la recomendación, ahora más que nunca, sería no bajar la guardia”.

El alto funcionario señaló, en diálogo virtual con Infolaft, que la crisis generada por el Covid-19 no debe afectar los controles de las instituciones financieras para prevenir el lavado de activos, toda vez que “el SARLAFT de cada entidad ya debe tener previstas situaciones de continuidad del control y del negocio”.

Además, recalcó que los oficiales de cumplimiento “deben garantizar el monitoreo permanente y seguir generando los reportes”.

Así las cosas, la entrega de información obligatoria a la UIAF debe hacerse en los tiempos previamente definidos. Tal es el caso de los reportes de operaciones sospechosas (ROS) o los reportes de ausencia de operaciones sospechosas (AROS).

Sin embargo, Reyes Acevedo reconoció que “lo que puede cambiar algo es que ya no quedarían registros presenciales de reuniones, [por ello] creería que [los oficiales de cumplimiento] deben revisar si sus procedimientos abarcan lo no presencial y los registros que dejan”.

Dicho lo anterior, una buena recomendación sería documentar muy bien todos los análisis de operaciones que los analistas hagan desde sus viviendas, así como las jornadas de capacitación y demás trabajos hechos a distancia.

También es importante que los oficiales de cumplimiento entreguen oportunamente los informes a las juntas directivas, aún si dichos órganos dejan de reunirse con ocasión de la emergencia.

Por otra parte, Reyes indicó que “para la vinculación simplificada debería haber un plan de debida diligencia aumentada”.

Es decir, en aquellos casos en los que no sea posible aplicar determinados controles presenciales, sería adecuado reforzar la debida diligencia por medio de la consulta de listas restrictivas y la verificación de información, entre otras.

Juntas directivas y representantes legales tienen responsabilidades

Mantener a flote los sistemas de prevención del lavado de activos y la financiación del terrorismo no es una responsabilidad exclusiva de los oficiales de cumplimiento.

De hecho, las normas aplicables a los sectores financiero y real le imponen a las juntas directivas la tarea de ordenar los recursos técnicos y humanos necesarios para implementar y mantener en funcionamiento los sistemas.

De igual manera, los representantes legales –en ambos sectores– están obligados a proveer los recursos técnicos y humanos necesarios para implementar y mantener en funcionamiento los sistemas de administración o autocontrol del riesgo de LA/FT.

Si bien se viven días de emergencia por cuenta del Covid-19, no se debe bajar la guardia ante otra amenaza que también causa estragos y enormes daños: el lavado de activos

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