Tras la aprobación ayer en último debate del proyecto de ley de inclusión financiera que permite la creación en Colombia de sociedades especializadas en depósitos y pagos electrónicos surgen dudas acerca de las medidas que dichas entidades tendrán que adoptar en materia de prevención y control de lavado de activos y financiación del terrorismo. A continuación la respuesta del Ministerio de Hacienda a este interrogante.
De acuerdo con el Ministerio de Hacienda las sociedades especializadas en depósitos y pagos electrónicos serán vigiladas por la Superintendencia Financiera de Colombia ''con requisitos regulatorios livianos''. Estas sociedades podrán ''captar ahorros del público únicamente para ofrecer los servicios de pagos, giros, transferencias, recuado y ahorro''.
Respecto a la prevención del LA/FT la cartera de Hacienda señaló que el Grupo de Acción Financiera de Sudamérica (Gafisud) ha reconocido que ''se permiten medidas simplificadas'' en aquellos sectores donde los riesgos son más bajos y ''esto ocurre por ejemplo en las transacciones de bajo monto como las que serían ofrecidas por las sociedades especializadas en depósitos y pagos electrónicos''.
Lo anterior, agrega el Ministerio de Hacienda, si bien no significa ausencia de medidas para la prevención del LA/FT, si contempla su proporcionalidad con el riesgo administrado de acuerdo con un enfoque basado en riesgo.
Infolaft estará atento a la regulación que en este sentido expida la Superfinanciera para informar oportunamente a sus lectores