Así lo manifestó José Fernando Mestre, abogado y candidato a doctor en Ciencias Jurídicas, durante el foro ‘Etapas del Sarlaft’.
La pregunta es repetitiva pero siempre vigente: ¿cuál es la responsabilidad jurídica de un oficial de cumplimiento? Pues bien, este tema fue uno de los abordados en el foro infolaft denominado ‘Etapas del Sarlaft’, realizado esta mañana en el norte de Bogotá.
Allí, ante cerca de 120 oficiales y analistas de cumplimiento, el abogado penalista José Mestre –quien además es profesor de Derecho Procesal y Derecho Penal en las universidades Javeriana y del Rosario- sostuvo que la única forma de que un oficial de cumplimiento sea condenado por algún delito relacionado con sus funciones es que haya actuado con dolo.
No obstante, aclaró que ante una posible investigación es necesario que los oficiales de cumplimiento demuestren que actuaron con diligencia y con suficiente cuidado, y que no se limiten a decir: ‘‘en mi actuación no hubo dolo’’.
El experto aclaró que si bien hay delitos como el homicidio en los que existe la condena por culpa (es decir, cuando un delito se cometió sin intención), este no es el caso del lavado de activos. En consecuencia no existe el lavado culposo.
Otro de los temas tratados en el evento giró en torno a cómo se puede enterar un oficial de cumplimiento de que está involucrado en una investigación de la Fiscalía.
En este sentido Mestre señaló que es importante que los oficiales diferencien los conceptos de entrevista e interrogatorio: la entrevista no involucra a la persona citada en una investigación y es usada por un fiscal que quiere hablar con alguien que podría aportar algún tipo de información; mientras que en el interrogatorio la persona ya debe ir acompañada de un abogado y es una figura que sí involucra una investigación.