La Unidad de Información y Análisis Financiero (Uiaf) publicó recientemente la resolución 17 de 2016, a través de la cual exige a las empresas obligadas a cumplir la Circular 170 de 2002 de la Dian a entregar mensualmente los reportes de ausencia de operaciones y los reportes de ausencia de transacciones en efectivo.
La resolución 17 de 2016 comenzó a regir desde el pasado 1 de abril, lo que significa que ‘‘dentro de los primeros diez (10) días del mes de mayo deberán enviarse los reportes de transacciones individuales en efectivo, de ausencia de operaciones sospechosas y de ausencia de transacciones individuales en efectivo correspondientes al mes de abril del presente año’’.
Es decir, agrega la directiva, el último reporte trimestral de ausencia de operaciones sospechosas o de ausencia de transacciones en efectivo debió ser remitido por las empresas durante los primeros 10 días de abril (reporte correspondiente al trimestre enero-marzo).
Según justifica la Uiaf, era necesario unificar el periodo de entrega de los reportes ‘‘de tal manera que todos estos queden con una periodicidad mensual’’.