Los factores de riesgo están presentes de manera preponderante dentro del Sistema de Administración del Riesgo de Lavado de Activos y Financiación del Terrorismo (Sarlaft), y de conformidad con lo que se expresa en el numeral 1.4. del Capítulo 11 del Título I de la Circular Básica Jurídica de la SFC, los factores de riesgo son los agentes generadores del riesgo de LA/FT.
Para efectos del Sarlaft las entidades vigiladas deben tener en cuenta como mínimo los siguientes:
Para efectos del Sarlaft las entidades vigiladas deben tener en cuenta como mínimo los siguientes:
- Clientes/usuarios
- Productos
- Canales de distribución
- Jurisdicciones
Definiciones
Por otra parte, en la Circular Básica Jurídica SFC aparecen las siguientes definiciones:Producto
Son las operaciones legalmente autorizadas que pueden adelantar las entidades vigiladas mediante la celebración de un contrato (v. gr. cuenta corriente o de ahorros, seguros, inversiones, CDT, giros, emisión de deuda, etc.).Cliente
Es toda persona natural o jurídica con la cual la entidad establece y mantiene una relación contractual o legal para el suministro de cualquier producto propio de su actividad.Usuarios
Son aquellas personas naturales o jurídicas a las que, sin ser clientes, la entidad les presta un servicio. En la aludida Circular Básica Jurídica no aparecen definidas las expresiones jurisdicción y canal. Esto obliga a acudir a otras fuentes para determinar su contenido y alcance. Si se acude al diccionario de la Real Academia Española, se advierte que una de las acepciones de jurisdicción es “lugar o provincia”. Este concepto no ofrece dificultades.¿Qué es “canal”?
No sucede lo mismo con la palabra ‘canal’. Al respecto se advierte que en el Capítulo 11 del T I de la Circular Básica Jurídica de la SFC a esta palabra apenas se le agrega el adjetivo calificativo “de distribución”. Allí no se define, no se dice qué es, no se le describe, no se enumeran las diferentes clases de canales, en fin, no se le da contenido al factor de riesgo canal de distribución. Entonces, ¿qué es un canal de distribución? En tanto en el Capítulo 11 no se dice nada útil sobre la materia como se denota, en el Capítulo 12 del mismo título se dice que los canales de distribución de servicios financieros, entre otros, son los siguientes:- Oficinas
- Cajeros Automáticos (ATM)
- Receptores de cheques
- Receptores de dinero en efectivo
- POS (incluye PIN Pad)
- Sistemas de Audio Respuesta (IVR)
- Centro de atención telefónica (Call Center, Contact Center)
- Sistemas de acceso remoto para clientes (RAS)
- Internet
- Banca móvil