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La figura del oficial de cumplimiento es irremplazable: Supersociedades

Enviado por Infolaft el

Artículo por: Infolaft

Oficial de cumplimiento y respaldo de Supersociedades. Imagen Freepik

Oficial de cumplimiento y respaldo de Supersociedades. Imagen Freepik

Este importante pronunciamiento fue emitido por la autoridad de supervisión colombiana, a través de una nueva resolución sancionatoria que afectó a una empresa que tuvo incumplimientos en la implementación del SAGRILAFT.

Los y las oficiales de cumplimiento en Colombia siguen recibiendo importantes muestras de respaldo por parte de diversas autoridades del ámbito nacional.

Esta vez, fue la Superintendencia de Sociedades –entidad responsable de vigilar a cerca de 10.000 empresas obligadas a implementar el SAGRILAFT– quien se ocupó de destacar la importancia de este cargo.

La historia es la siguiente: por medio de la Resolución 200-018561 del 19 de septiembre de 2024, la autoridad colombiana dejó en firme una multa conjunta por valor de 83 millones de pesos colombianos (cerca de USD19.000 dólares) en contra de una empresa que tuvo incumplimientos en la implementación del SAGRILAFT.

Habeas data oficial de cumplimiento

 

Cabe recordar que SAGRILAFT es la sigla del Sistema de Autocontrol y Gestión del Riesgo de Lavado de Activos y Financiación del Terrorismo, el cual cubre a gran parte del sector real de la economía y varias APNFD del país.

El principal hallazgo de la autoridad consistió en que la empresa multada debía contar con un SAGRILAFT desde el 31 de agosto de 2021, pero solo comenzó a cumplir desde finales de 2023.

En dicha sanción, la Superintendencia destacó que “la figura del oficial de cumplimiento se hace necesaria e irremplazable” en cualquier organización.

Según la institución, el oficial de cumplimiento es “aquella persona encargada de darle a conocer a la asamblea de accionistas, en este caso, los riesgos a los cuales la sociedad se expone, para que, de esta forma (…) puedan tomar decisiones encaminadas a evitar la materialización de LA/FT/FPADM”.

Este pronunciamiento se dio como respuesta a un alegado de defensa de la empresa afectada durante la investigación, la cual señaló que, si bien no tenía nombrado un oficial de cumplimiento, varios de sus funcionarios conformaban un “equipo de cumplimiento” en Colombia.

Incluso, la empresa mencionó que la ausencia de 27 de meses de un oficial de cumplimiento debidamente designado por acta del máximo órgano social “no es más que una formalidad” que fue saneada por la compañía el 1 de diciembre de 2023.

Finalmente, la Superintendencia de Sociedades aprovechó la oportunidad para recordar que “si bien el oficial de cumplimiento puede apoyarse en un equipo que favorezca y le ayude en los resultados de su gestión, ello no exonera la figura del oficial de cumplimiento como líder del proceso”.

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