InfoLAFT realiza en esta oportunidad un análisis de una sentencia proferida por la Corte Suprema de Justicadonde confirma una sentencia por Lavado de Activos.
El pasado 21 de septiembre la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia profirió la sentencia No. 37111, en la cual confirmó la condena de 6 ex funcionarios de la petrolera Llanos Oil Exploration como coautores del delito de lavado de activos.
De acuerdo con la sentencia, los condenados articularon una red internacional que ayudo a lavar más de 8 millones de dólares provenientes del narcotráfico a las Autodefensas Unidad de Colombia – AUC.
De acuerdo con la investigación que realizó el Departamento Administrativo de Seguridad – DAS, los condenados utilizaron agentes financieros con amplios conocimientos en operaciones financieras y cambiarias, empresas colombianas con amplia cobertura en materia de comercio internacional y empresas encargadas de retirar el dinero fraccionadamente que se hacían pasar por proveedores de la beneficiaria de los recursos.
Según la sentencia, la organización de lavado de activos contaba con varias empresas establecidas en Colombia a las cuales les hacían transferencias de dinero desde el exterior; éstas monetizaban las divisas a través de intermediarios del mercado cambiario - IMC y por medio de cheques girados a terceras personas que aparentaban ser sus proveedores simulaba que los recursos prevenían de operaciones ajustadas a la ley.
Una de estas sociedades, ubicada en la ciudad de Cali, monetizó un total de seiscientos cuarenta mil ochocientos sesenta y dos dólares con ochenta centavos (US 640.862,80) procedentes de México y Bahamas, que para esa época correspondían a mil setecientos noventa y dos millones seiscientos sesenta y nueve mil quinientos veinte pesos ($1.792.669.520); posteriormente, estos recursos fueron trasferidos mediante el giro de cheques a diferentes sociedades también domiciliadas en Cali.
En otra operación la petrolera Llanos Oil Exploration, utilizando una cuenta de un banco en Miami, hizo transacciones por ocho millones de dólares sin justificar su procedencia. Estos recursos también fueron monetizados a través de IMC y transferidos a diferentes sociedades.
Tipología
Para que la organización pudiera traer a Colombia los recursos obtenidos de la venta de narcóticos en el exterior, contrataban personas encargadas de las operaciones financieras y bancarias que finalizaban con la monetización de las divisas recibidas, cuyo beneficiario final eran los integrantes de las AUC.
De acuerdo con la sentencia, las personas encargadas de realizar los trámites de monetización de las divisas, buscaban en Colombia empresas legalmente establecidas lo cual les permitía monetizar, en las cuentas bancarias de éstas, los capitales que recibían del exterior, camuflando dichas transacciones entre sus actividades de comercio internacional.
Estas personas pactaban con los directivos de las empresas involucradas la intervención de terceras personas para que fingieran ser proveedores y retiraran el dinero ya monetizado. Cuando los supuestos proveedores tenían el dinero en efectivo, descontaban su comisión y entregaban dichos recursos a los intermediarios para que éstos lo entregaran a los “cobradores” de las AUC.
Señala la sentencia, otra de las modalidades utilizadas por la organización, era que una vez se encontraban los recursos monetizados y retirados de las cuentas bancarias de las empresas, compraban propiedades costosas y buscaban personas que prestaban sus nombres para que fueran registrados como dueños para luego venderlas.
Las 6 personas procesadas en este juicio fueron condenadas a pagar penas de prisión entre 12 y 20 años y multas que oscilaron entre los 12.875 y 37.625 salarios mínimos legales vigentes.