La Organización Internacional de Normalización (ISO por su nombre en inglés) propuso un estándar internacional antisoborno y anticorrupción. Aunque la intención es buena, existe un debate acerca de si el parámetro será útil o simplemente servirá como guía de auditoría y como documento de estudio académico.
La cifra es alarmante: según el Banco Mundial, durante el año 2014 más de U$1 billón de dólares se entregaron por concepto de soborno, en su mayoría para destrabar procesos burocráticos de contratación o simplemente para agilizar el desarrollo de negocios. Un billón es el equivalente a poco más del 4% del PIB global.
Esta, que es una cifra alta, continúa en ascenso porque es cierto que en muchos casos la entrega de coimas trae algún ‘beneficio’ inmediato para quien las entrega. En América Latina los montos son similares.
Ante la gravedad de esta conducta –que cuando es sostenida en el tiempo causa un menor crecimiento económico y una caída en las inversiones, así como una restricción de los esquemas de libre mercado y una caída sostenida en el nivel de calidad de vida de toda una sociedad por el incremento en los costos de transacción- la Organización Internacional de Normalización (ISO por su sigla en inglés) propuso publicar un parámetro que permitiera a las compañías establecer un sistema que mitigara los riesgos de soborno y corrupción.
Y es que el fenómeno de la corrupción, que permea a casi todos los niveles de gestión de una entidad (pública o privada), es un indicador de fracaso institucional pues, al no estar reducido únicamente a la adjudicación de contratos y obtención de negocios sino en la planeación, el presupuesto, los recursos humanos, la administración de recursos y la relación interinstitucional, se convierte en un claro síntoma de fallas graves en la ética y en las mejores prácticas corporativas.
Corrupción en Colombia
Se calcula que en el país esta práctica ha alcanzado la escandalosa cifra de 190 billones de pesos en 20 años, lo que ha llevado a que Colombia se encuentre en los niveles más bajos del Índice de Percepción de Corrupción que publicó Transparencia Internacional a finales de 2014. Tanto es así que Colombia obtuvo en el informe un puntaje de 37 sobre 100 (donde 100 es la menor percepción de corrupción y cero la mayor), lo que que implica estar en el puesto 94 de 175, muy por debajo de la media regional de 45.
Los departamentos con mayor riesgo de corrupción en Colombia son aquellos que tienen menores índices de aporte al PIB nacional, tal es el caso de Vaupés, Guainía, Chocó y Putumayo. Por el contrario, Caldas, Santander y Antioquia, que se caracterizan por su desarrollo y riqueza, son los que menor riesgo tienen.
Según ha advertido Transparencia Internacional, la corrupción en Colombia significa un freno a la gobernabilidad, ya que no solo mina la eficacia en la ejecución de políticas, sino que promueve prácticas poco transparentes en las rendiciones de cuentas y, sobre todo, en la expedición de normas que pasan de buscar el bienestar general a promover el bien particular del que soborna y del que se deja sobornar.
¿Y qué hay sobre el estándar?
El ISO 37001 es un estándar que propone un sistema de gestión antisoborno que busca ayudar a las organizaciones públicas y privadas a diseñar, implementar, mantener y mejorar sistemas de cumplimiento antisoborno a través de una serie de medidas y controles que representan las mejores prácticas internacionales en la lucha contra este flagelo.
Según la ISO, este estándar es flexible y puede adaptarse a un rango amplio de organizaciones, como son los grandes conglomerados, pymes, entidades estatales y organizaciones no gubernamentales. También puede aplicarse en cualquier país, pues está diseñado para funcionar en paralelo con los sistemas y controles existentes de cada agente.
Adicionalmente, su formato coincide con el estándar ISO 9001 y el ISO 14001 para que su aplicación no suponga un trauma.
El objetivo principal del sistema contenido en el ISO 37001 es reducir el riesgo de que la organización, su personal o los agentes asociados al negocio actúen en beneficio propio mediante la utilización de coimas y no buscando el interés general.
Para ello propone la adopción de políticas, procedimientos y controles antisoborno, el nombramiento de un líder responsable y de un supervisor interno de alto nivel, la realización de capacitaciones, la aplicación de procedimientos de debida diligencia en proyectos y personas asociadas, el establecimiento de procedimientos de reporte, monitoreo, investigación y revisión, y la puesta en marcha de acciones correctivas y de mejora.
Hay un debate alrededor del estándar
Nadie puede negar que cuando las grandes industrias acogen un estándar común se generan ganancias generalizadas, tanto en términos de transparencia como de calidad, dado que el devenir de las empresas se vuelve predecible y por ende se incrementa la confianza de todos los implicados en el giro ordinario de los negocios: propietarios, directivos, empleados, clientes, proveedores y el Estado.
Asimismo, el hecho de adoptar un estándar facilita los análisis comparativos en un grupo uniforme de actores, les otorga un lenguaje homogéneo que favorece los diálogos interinstitucionales sin lugar a malos entendidos y agrupa las mejores prácticas corporativas con base en un denominador común de cumplimiento.
No obstante, aunque los estándares buscan nivelar a ciertos actores respecto de temas determinados, no pueden imponer obligaciones demasiado difíciles de cumplir o muy específicas, ni proponer transformaciones muy costosas, pues de lo contrario los agentes optarán por no adoptar los parámetros.
Es por esta razón que, en general, los lenguajes que utilizan este tipo de documentos de normalización contienen categorías gramaticales amplias (por ejemplo, “buscar la eficiencia”, “controles razonables”, “gestión adecuada”, etc.) que, por su anchura, se pueden aplicar a organizaciones de diferentes tamaños y sectores, pues basta con entender qué es eficiente, razonable o adecuado en cada caso particular.
Pero si bien esta fórmula es exitosa para la gestión de calidad (ISO 9000) o la gestión de riesgos (ISO 31000), en lo que se refiere a un estándar antisoborno las fórmulas lingüísticas abiertas no son fáciles de aterrizar y las definiciones amplias terminan por hacerlo abstracto e inoperante. Por ejemplo, el documento no incluye de forma precisa qué se debe entender por soborno y se limita a dar dos o tres características para entender la intención del estándar.
Palabras más palabras menos, la acción de sobornar consiste en dar dinero o regalos para conseguir algo que sin el dinero o el regalo no se tendría derecho a obtener. Así, resulta evidente que no existe un nivel adecuado para la entrega de coimas y mucho menos existen grados razonables para dar dádivas.
Esta es una conducta objetiva no deseada que ocurre o no ocurre. Además, los riesgos de corrupción y soborno cambian con dependencia del tamaño de las compañías, los sectores donde operan y las jurisdicciones en donde actúan, por lo que la amplitud se convierte en una enemiga.
Adicionalmente, la mayoría de los países que buscarían aplicar el ISO 37001 ya cuentan con normas jurídicas maduras y mucho más rigurosas y determinadas que los parámetros propuestos por la ISO (como Alemania, Estados Unidos y Reino Unido), por lo que no necesitan de un documento genérico. Mientras que los Estados que no cuentan con leyes antisoborno estrictas no encontrarán en el estándar premisas específicas para combatir esta conducta, toda vez que los parámetros, como ya se dijo, son ‘gaseosos’.
Así, este es un escenario en el que vale la pena continuar con la discusión de si realmente se justifican los esfuerzos para la expedición del ISO 37001 pues, como no sería de mayor utilidad para los Estados ni sería fácilmente evaluable en su cumplimiento, solo le quedaría camino como guía de auditoría privada e independiente o como documento de estudio académico.