Lozano Consultores e InfoLAFT realizaron el pasado miércoles 13 de junio el Infoevento ‘Aspectos prácticos del SARLAFT’, al cual asistieron 78 funcionarios de las unidades de cumplimiento de diferentes entidades. Allí se analizaron las lecciones no aprendidas en financiamiento del terrorismo, casos de corrupción y el reciente requerimiento de la Superfinanciera en torno a metodologías, segmentos, medición y calidad de datos.
Lecciones no aprendidas en materia de FT
Daniel Mauricio Rico, asesor de la Presidencia de la República para Narcotráfico y Consolidación Territorial, reconoció que el Estado colombiano ha tenido fallas en torno a la lucha contra el financiamiento del terrorismo, toda vez que en seis años de vigencia de la Ley 1121 de 2006 (que castiga este delito) no se ha registrado ninguna condena. Rico hizo una analogía de esta situación con un partido de fútbol y señaló que es como si ‘‘el Estado hiciera gambetas, tocara el balón, pero nunca abriera el marcador’’.
Indicó que parte del problema ha radicado en no tener claros los objetivos financieros de las Fuerzas Armadas Revolucionarias de Colombia (FARC). ‘‘Las caletas le hicieron mucho daño al Estado porque eso generó la imagen de que todo el esquema financiero de las FARC funcionaba de esa manera, cuando no es así. Ellos se basan en una economía campesina que no usa el sistema financiero porque no lo requiere y nosotros (Estado) pensamos que no lo usaba porque no los dejábamos’’. Además, agregó que ‘‘donde nosotros (Estado) vimos un fracaso, ellos vieron un éxito, ya que lo provechoso –según la óptica de las FARC– es seguir funcionando sin gastar grandes cantidades de dinero’’.
Se debe tener claro que la financiación del terrorismo no sólo consiste en el ingreso de recursos, sino también en el gasto. ‘‘Allí se ha avanzado poco’’, reconoció, al indicar de igual manera que se tiene poca información de la forma como las FARC pagan sus abogados, asumen sus gastos médicos o compran gasolina. ‘‘En este asunto el Estado debe trabajar mucho’’, apuntó.
De acuerdo a Rico, otro de los errores crasos ha consistido en hacer un énfasis excesivo en el narcotráfico, aun cuando las autoridades han establecido que las FARC han abandonado ese negocio en algunas regiones del país. El asesor presidencial expuso el ejemplo del contrabando de arroz en la zona de frontera con Ecuador al cual han migrado las FARC, en vista de que es más fácil de ejecutar y les reduce la presión militar.
Daniel Mauricio Rico, asesor Presidencia de la República
Lo anterior le sirvió para indicar que en el FT lo que cuenta es el contexto local o regional y no el nacional.‘‘Para nosotros en Bogotá el arroz no es un tema sensible, pero si usted va al Putumayo se dará cuenta que allá es todo un problema. En otras regiones es la gasolina y en otras es la minería ilegal’’.
Otra de las fallas ha radicado en que el Estado no ha explotado de forma inteligente las debilidades financieras de las FARC. ‘‘En las FARC también hay corrupción, de la misma forma como la hay en muchas organizaciones. Se deben generar las vías correctas para aprovechar ese fenómeno’’.
¿Qué puede hacer el sector privado para combatir el FT?
Rico también se pronunció sobre el papel que sector privado en la prevención del FT, en particular del sector financiero, cuyas entidades, señala el asesor presidencial, deben pasar de las tipologías a los casos de estudio. ‘‘Casi que se podría hacer un atlas con todas las tipologías que existen, por ello, se debe pasar al siguiente escalón. Si se analizan los casos se pueden identificar las fallas en los procesos y qué pasó a partir de esos casos para aprender de los errores de antaño’’.
Al respecto, recordó que ‘Los Rastrojos’ comenzaron a surgir a través de la corrupción en la salud. Esa agrupación criminal se apoderó de gran cantidad de dinero del sector y eso le permitió lavar el dinero producto de sus actividades delictivas, acceder a una nueva fuente de ingresos gracias a que pudieron contratar con alcaldías municipales y tener a su disposición equipos médicos y medicamentos para atender a sus combatientes.
Como segundo punto recomendó recalibrar el sistema de PEPs. Según él, ‘‘se le debe hacer una reingeniería para que sea más útil. El objetivo no debe ser tener más cantidad de PEPs, sino analizar mejor la información, además, en el tema político se debe mejorar la puntería’’.
Por último, le pidió al sector financiero realizar pruebas de vulnerabilidad que les permitan medir qué tan efectivos son para controlar el FT.
El proceso de supresión del DAS
El invitado para abordar este tema fue Fabio Giraldo Villegas, director del Departamento Administrativo de Seguridad (DAS) en supresión. Giraldo indicó, al iniciar su intervención, que la decisión tomada por el Ejecutivo en este respecto fue ‘‘histórica, ya que el Estado colombiano nunca había suprimido un Departamento Administrativo y porque en el mundo nunca antes se había efectuado un proceso de este tipo alrededor de una agencia de inteligencia de manera oficial’’.
El Director puntualizó que el proceso siempre ha tenido el acompañamiento de la Procuraduría General de la República, de la Contraloría General, de distintos veedores internacionales y de delegados de las Naciones Unidas.
Fabio Giraldo Villegas, director del DAS en supresión
Entrando en detalle, recordó que en febrero de 2011 durante una reunión efectuada en la Casa de Nariño entre el presidente Juan Manuel Santos y varios asesores de seguridad, se tomó la decisión de suprimir el organismo ante la situación crítica por la que pasaba, luego del escándalo desatado por las interceptaciones ilegales de comunicaciones a varios magistrados, periodistas y opositores al gobierno del entonces primer mandatario Álvaro Uribe Vélez.
Posterior a la decisión de supresión, comenzaron los debates alrededor de las características de la entidad que debía remplazaría al DAS, es decir, hacia donde apuntaría. Sin embargo, uno de los temas que generaba mayor preocupación era el futuro de todos los funcionarios. Después de varias discusiones se decidió que todos serían reubicados en otros organismos del Estado.
Ya el 4 de mayo de 2011 el Congreso de la República aprobó la Ley 1444 que facultó al Presidente de la República para ordenar la supresión y a través del Decreto 4057 de 2011, emitido el 31 de octubre, se creó el procedimiento definitivo, que también entregó todas las funciones, consistentes en policía judicial, migración, protección y escolta, información e inteligencia a otras instituciones estatales.
El traslado de los funcionarios comenzó en enero del presente año y a la fecha, informó Fabio Giraldo Villegas, han sido transferidas 5.010 personas. Por último, el Director señaló que la ejecución va en el 60% en siete meses de proceso efectivo y anticipó que para el 31 octubre de 2013 (fecha prevista por el Decreto 4057) el DAS va a estar suprimido en su totalidad.
Perspectivas multilaterales en seguridad pública
La directora del Departamento de Seguridad Pública de la Organización de Estados Americanos (OEA), Adriana Mejía, quien lleva dos años en el cargo, le contó a los asistentes al Infoevento que el objetivo de su oficina es el de ‘‘facilitar acuerdos y entendimientos entre los 24 Estados miembros’’. ‘‘Buscamos promover y facilitar la cooperación entre todos los países para que ellos se ayuden en pro de mejorar la seguridad’’.
Mejía reconoció que el diagnóstico de seguridad en la región no es ajeno para nadie. ‘‘En varios estudios se han evidenciado los problemas que tiene el continente en este tema’’. Según ella, un elemento común es la debilidad institucional, que genera una reacción lenta ante la dinámica voraz de las organizaciones criminales. Alrededor de esto –indicó– las diferencias políticas, en muchas ocasiones, imposibilitan la celeridad en las reformas y los acuerdos necesarios para hacerle frente a las amenazas.
Como posibles soluciones, Mejía destacó las alianzas público-privadas. ‘‘Ningún sector logra buenos resultados trabajando individualmente, es por ello que se deben construir relaciones adecuadas (en el caso del sector financiero) entre las autoridades y sus vigilados’’.
También afirmó que otro mecanismo viable es fortalecer la colaboración entre pares y sectores, ya que el intercambio de experiencias, conocimiento e información es bastante efectivo. ‘‘Está demostrado que esa estrategia produce mucho más de lo que dejan las misiones internacionales’’, indicó.
Lozano analiza nuevo requerimiento de la Superfinanciera
El director de InfoLAFT y gerente de Lozano Consultores, Alberto Lozano Vila, les habló a los asistentes al Infoevento ‘Aspectos prácticos del SARLAFT’ sobre el requerimiento de la Superintendencia Financiera de Colombia sobre metodologías, segmentos, medición y calidad de datos.
Al respecto, indicó que si bien el Sistema de Administración de Riesgos del Lavado de Activos y el Financiamiento del Terrorismo (SARLAFT) es desarrollado por cada entidad conforme a sus necesidades –y por ende todos son diferentes–, no menos cierto es que todos son objeto de una gran tensión producida por la libertad metodológica, el mínimo legal y el desempeño esperado.
Según Lozano, el nuevo requerimiento de la Superintendencia en unos apartes da libertad metodológica, pero en otros les exige a los vigilados, entre otras, establecer metodologías, disminuir la posibilidad de ocurrencia o impacto y establecer la periodicidad de acuerdo con el perfil de riesgo.
Alberto Lozano, director InfoLAFT y Gerente Lozano Consultores
Ante eso, recomendó hacer la evaluación de controles específicos y no de controles genéricos, ya que no basta con realizar una auditoria de cumplimiento. Es necesario, agregó, establecer la oportunidad de control, así como su efectividad, alcance y suficiencia.
Lozano, de igual forma, indicó que se deben identificar las señales de alerta por segmento y por factor de riesgo segmentado. Según su interpretación del requerimiento, también podría pensarse que la Superintendencia espera una relación matemática entre el riesgo inherente, los controles y el riesgo residual, ya que busca que se pongan en la misma columna de evaluación y en las mismas unidades.
En síntesis –concluyó– se debe conocer el modelo, las señales de alerta deben estar basadas en la segmentación, hay que evaluar los controles y el riesgo se tiene que manejar con un modelo matemático que permita calcular la agregación y desagregación de los valores de medición.
Hablando de corrupción
El teniente coronel Juan Carlos Nieto, subdirector de Operaciones de la Dirección Nacional de Inteligencia, comenzó su participación en el Infoevento ‘Aspectos prácticos del SARLAFT’ describiendo las tres definiciones que existen alrededor del fenómeno de la corrupción. La primera es la sociológica, que la define como el intercambio de favores por servicios; la segunda es la económico-pública, que la califica como la apropiación privada de lo público; mientras que la tercera es la privada-empresarial.
Nieto recordó que la corrupción fue tipificada como delito a través del Estatuto Anticorrupción (Ley 1474 de 2011), decisión que le permitirá al Estado colombiano combatir con más ahínco este flagelo.
Según el Teniente Coronel, casos recientes como el de la salud han demostrado que la corrupción ya no se presenta únicamente en el sector público, toda vez que en ese episodio particular fueron privados los que se apropiaron de los dineros públicos.
‘‘Si bien los (empleados) públicos han sido quienes han acaparado el dinero, también hemos identificado que han sido incitados por privados. Esa dinámica representa todo un contubernio cuyo objetivo era cometer el ilícito que, además, rompió el esquema que se conocía’’, afirmó.
Para finalizar su intervención, señaló que la empresa privada puede cuidarse de ser permeada por el fenómeno de la corrupción estableciendo –por ejemplo– políticas diferentes al pago de comisiones de éxito a sus funcionarios por lograr contratos con entidades estatales. ‘‘De esa manera también reducen el riesgo reputacional’’, sentenció.
Qué hacer ante una visita de la Superfinanciera
El encargado de abordar este tema fue Daniel Jiménez, consultor senior de la firma Lozano Consultores, quien trabajó durante varios años en la Superintendencia Financiera de Colombia. Según él, dentro de los criterios para tasar las sanciones se encuentran dos antagónicas: la colaboración con la acción investigadora de la Superintendencia Financiera y la renuencia o desacato a cumplir con las órdenes impartidas por el Órgano de Control.
Jiménez señaló que ‘‘si ningún otro parámetro resulta aplicable, de ser probada una infracción al Capítulo 11 del Título I de la Circular Básica Jurídica (C.E. No. 7/96), la sanción podrá ser la más leve, esto es, un llamado de atención, si se han acatado las órdenes y sería sustancial, multa superior a los dos mil quinientos millones de pesos, si la entidad se ha resistido a colaborar con el proceso de inspección’’. En algunos casos el reconocimiento expreso respecto de la infracción antes de la imposición de la sanción también contribuye a atenuarla, con mayor razón si está acompañada de una gestión proactiva orientada a corregir el error antes de la presentación de las explicaciones.
Y si en remoto evento un banco, fiduciaria o compañía de seguros persistiera en desatender genéricamente lo estipulado en el aludido Capítulo 11, el Superintendente Delegado no sólo estaría obligado a calificar esta práctica como insegura y no autorizada, sino que estaría obligado a proponerle al Superintendente Financiero que tomara posesión de la correspondiente entidad vigilada.
Jiménez recordó que ‘‘para contribuir a atenuar este riesgo dentro de las funciones a cargo del oficial de cumplimiento están las de velar por el efectivo, eficiente y oportuno funcionamiento de las etapas y la de promover la adopción de correctivos al SARLAFT’’.
Hasta ahora existen apenas dos multas en firme por infracción a las normas del SARLAFT, una por trescientos cincuenta millones a una fiduciaria y otra por setenta millones a un banco.
A la fiduciaria se le probaron fallas en la metodología de segmentación de los factores de riesgo, en el manual de procedimientos SARLAFT, en la calidad de la información capturada en las bases de datos, en los campos mínimos del formulario de vinculación, en el debido diligenciamiento del formulario, en el recaudo de documentación anexa, en la actualización de información, en el seguimiento de operaciones y en la identificación y análisis de operaciones inusuales.
Al banco se le demostró que la segmentación de los factores de riesgo no se aplica, lo cual le impide hacer el seguimiento de operaciones e identificación y análisis de operaciones inusuales.
Para finalizar, Daniel Jiménez afirmó que ‘‘el análisis detallado de estas sanciones le resultará útil a los oficiales de cumplimiento para hacer un análisis comparativo de las fortalezas y debilidades de sus propios sistemas de administración de riesgos derivados del lavado de activos y del financiamiento del terrorismo y revisar de manera particular la idoneidad de la segmentación, la efectividad de las señales de alerta y la capacidad de identificación y análisis de operaciones inusuales, aspectos, en los que como es obvio y con sobrada razón, continúa insistiendo la delegatura del ramo, conforme hemos podido observarlo al examinar y redactar diversas explicaciones y recursos en desarrollo de nuestra labor de consultoría y asesoría’’.