El viceministro de justicia, Carlos Medina Ramírez, explicó en entrevista con Infolaft que ni la Jurisdicción Especial para la Paz ni la Sala de Amnistía serán usadas para indultar el ‘‘lucro personal’’ de los excombatientes de las Farc.
Infolaft:
¿Qué políticas o estrategias se están proyectando en el Ministerio para luchar contra el LA/FT en el posconflicto?
Carlos Medina Ramírez:
El documento Conpes 3793 de 2013 de la Política pública contra el lavado de activos y la financiación del terrorismo (ALA/CFT) relacionó las debilidades que presenta el sistema ALA/CFT. En relación con esto, el documento promovió el desarrollo de varias estrategias orientadas a contrarrestar las vulnerabilidades y amenazas del sistema, en el cual la criminalidad organizada juega un papel preponderante.
El Ministerio de Justicia y del Derecho, como presidente de la Comisión de Coordinación Interinstitucional para el Control del Lavado de Activos (Ccicla), órgano asesor del Gobierno Nacional en temas de LA/FT, viene desarrollando desde hace varios años tres líneas estratégicas que buscan darle sostenibilidad a la Política Pública en contra del LA/FT: promover la armonización normativa observando estándares internacionales; fortalecer la coordinación interinstitucional en materia de lavado de activos, financiación del terrorismo y extinción del derecho de dominio; y promover la gestión del conocimiento a través del fortalecimiento de la cadena de prevención, detección, investigación, judicialización y sanción.
Estos temas seguirán vigentes en época de postconflicto porque la vulnerabilidad del sistema requiere acciones estatales de mediano y largo plazo en aspectos administrativos, operativos, preventivos y penales. Así mismo, la amenaza requiere del fortalecimiento de la investigación, juzgamiento y sanción, así como de la efectiva aplicación de la figura de extinción del derecho de dominio de la fuente y de los recursos que alimentan a estos actores.
Infolaft:
A este respecto, ¿están elaborando o prevén elaborar algún estudio de formulación de nueva política criminal contra el LA/FT?
Carlos Medina Ramírez:
Las políticas públicas responden a la necesidad de un Estado para el enfrentamiento de problemas o situaciones graves que ameritan soluciones integrales de mediano y largo plazo que solucionen el problema. Las estrategias permiten planificar la solución al problema y la táctica indica las acciones que deben adelantarse para lograr el objetivo.
Más que la formulación de una nueva política de lucha contra el crimen organizado es fundamental reevaluar si la estrategia y la táctica están funcionando como debe ser o si por el contrario, deben actualizarse o aún redefinirse. Las políticas, bien definidas, deberían durar el tiempo que permaneciera el problema, mientras que las mal diseñadas deberían reemplazarse inmediatamente.
Es importante tener en cuenta que el lavado de activos es un delito dinámico y en permanente evolución que sobrepasa la capacidad de los Estados para enfrentarlo. Colombia no es ajena a esta crisis mundial y los resultados podrían ser más exitosos en la medida en que se cuente con recursos para el fortalecimiento del sistema ALA/CFT.
Es por esto que se está adelantando el desarrollo de una actualización de la evaluación nacional de riesgos del país en aspectos de lucha contra el LA/FT, la cual genere evidencia para la actualización o reorientación de la estrategia y de los lineamientos tácticos que permitan golpear con efectividad a la criminalidad e impactarlos donde más les duele, esto es, los recursos financieros. Esta iniciativa está financiada por el Ministerio de Justicia y del Derecho, mediante la celebración de un convenio de asociación con la academia y la Unidad de Información y Análisis Financiero (Uiaf).
Infolaft:
¿Prevén presentar alguna iniciativa legislativa relacionada con temas de LA/FT en lo que resta del año?
Carlos Medina Ramírez:
Vamos a tramitar una iniciativa legislativa que cree el Sistema Nacional contra el Lavado de Activos y la Financiación del Terrorismo, que fortalezca a la Ccicla y que facilite la aplicación de sistemas de prevención de actividades delictivas en cualquier sector de la economía, mediante un enfoque basado en riesgos que observe estándares internacionales en la materia, ya que la eficiente combinación entre institucionalidad y normativa hacen parte de la respuesta estatal en la lucha contra la criminalidad organizada.
Lo anterior se basa en que dos de los aspectos débiles que tiene el sistema ALA/CFT es el dinamismo en la coordinación interinstitucional y la amplia variedad de sectores y actividades económicas que deben contar con sistemas de administración de riesgos que les permitan prevenir, detectar y reportar posibles operaciones de lavado de activos, financiación del terrorismo o financiación de la proliferación de armas de destrucción masiva.
Actualmente, el sistema de prevención del LA/FT descansa primordialmente en la aplicación de los artículos 102 al 107 del Decreto 663 de 1993 (Estatuto Orgánico del Sistema Financiero) y sus modificaciones. Esto implica que el sector real y aún las entidades públicas no se ven reflejadas directamente en la aplicación de estos controles, pues se evidencian marcadas diferencias entre el negocio financiero y la actividad que desarrollan el sector público y real.
Así mismo, las acciones estatales en contra del LA/FT deben pasar por una eficiente coordinación interinstitucional, que demuestre que el Estado es uno solo y que sus autoridades y demás instituciones involucradas actúan armónicamente en desarrollo de las políticas y en aplicación de las estrategias y tácticas en contra de la criminalidad.
Viceministro Carlos Medina. Foto Prensa MinJusticia
Infolaft:
¿La denominada justicia transicional aplicará para casos de LA/FT en los que haya excombatientes de las Farc involucrados?
Carlos Medina Ramírez:
La Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) ejercerá funciones judiciales y cumplirá con el deber del Estado colombiano de investigar, juzgar y sancionar los delitos cometidos en el contexto y en razón del conflicto armado, en particular los más graves tales como el genocidio, los graves crímenes de guerra, la toma de rehenes u otra privación grave de la libertad, como por ejemplo el secuestro de civiles, la tortura, las ejecuciones extrajudiciales, la desaparición forzada, el acceso carnal violento y otras formas de violencia sexual, el desplazamiento forzado y el reclutamiento de menores.
Es importante destacar que la justicia ordinaria colombiana cuenta con instrumentos efectivos contra el LA/FT que han sido replicados en otras latitudes. Sin embargo, desde hace más de un año el Estado colombiano comenzó un trabajo de análisis tanto de la normatividad existente en lavado de activos como de extinción de dominio con el fin de robustecerlos y fortalecerlos para esta nueva etapa que se avecina en Colombia.
La JEP ni la Sala de Amnistía servirán para indultar el lucro personal de los excombatientes de las Farc.
Infolaft:
Teniendo en cuenta que el narcotráfico sería considerado como un delito conexo, ¿es probable que el lavado de activos o la financiación del terrorismo adquieran esa categoría?
Carlos Medina Ramírez:
El Acuerdo Final para la Terminación del Conflicto estableció unos delitos admistiables de iure (artículo 14). Sin embargo, ni el delito de lavado de activos ni la financiación del terrorismo quedaron incluidos en este artículo.
Valga la aclaración que la Sala de Amnistía revisará caso por caso y en aquellos donde puedan existir criterios de conexidad será al final de cuentas el juez competente y natural el encargado de fallar sobre el asunto.