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Dian adelanta 15 investigaciones por incumplimientos de circular antilavado

Enviado por Infolaft el

Artículo por: Infolaft

La Dirección de Impuestos también le contó a Infolaft cuántas sanciones han emitido contra empresas que han incumplido lo dispuesto en la Circular 170 de 2002, la cual impone la obligación de implementar un sistema integral de prevención del lavado de activos (Sipla).

 

Luego de leer detenidamente la Circular 170 de 2002 un lector desprevenido preguntaría: ¿puede la Dian imponer sanciones si dicha Circular ni siquiera menciona esa palabra? La respuesta es que si bien es verdad que el texto de la Circular 170 no hace referencia a sanciones, la Dian sí puede adelantar investigaciones e imponer actos sancionatorios por el incumplimiento de las normas que ha expedido, esto en virtud de lo dispuesto en el artículo 469 del Decreto 2685 de 1999 (Estatuto Aduanero).

Despejado ese interrogante hay que decir que hasta ahora poco se sabía de la gestión realizada por la Dian para verificar el cumplimiento de la Circular 170 de 2002 por parte de las empresas dedicadas al comercio exterior. Es más, en numerosos foros de prevención LA/FT se ha mencionado reiteradamente que no existe la primera sanción en esa materia.

Ante la falta de certeza al respecto, Infolaft decidió consultar a la Subdirección de Gestión de Fiscalización Aduanera de la Dian. Según esa dependencia, desde la emisión de la Circular 170 de 2002 se han proferido 18 sanciones en contra de agencias de aduanas por ‘‘no cumplir con los requerimientos mínimos para el conocimiento del cliente’’ y otras 2 sanciones contra usuarios operadores de zona franca por la no entrega de los reportes de operaciones sospechosas (ROS) a la Uiaf.

Ahora bien: ¿qué tanto se supervisa el cumplimiento? De acuerdo con los datos suministrados por la mencionada subdirección, durante 2015 se realizaron 104 visitas y se emitieron 16 requerimientos para verificar el cumplimiento de lo de lo dispuesto en la Circular 170.

Finalmente, la Subdirección de Fiscalización Aduanera reveló que actualmente está realizando 15 investigaciones ‘‘por la infracción aduanera estipulada en el artículo 485 numeral 2.1 del Decreto 2685 de 1999’’. Es decir, por no cumplir con los requerimientos mínimos para el conocimiento del cliente.

 

 

 

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