Según informó el diario La Vanguardia a partir del próximo 1 de enero, Andorra recopilará la información fiscal de todas las cuentas depositadas en los bancos del país para enviar la información fiscal en el 2018 a las haciendas de cada uno de los países miembros de la Unión Europea, incluido España. En otras palabras, el gobierno de Andorra finalizará la ley del secreto bancario.
El envío de toda la información fiscal sobre los residentes españoles a la Agencia Tributaria será automático, con lo que aflorará todo el dinero no declarado. Aunque era un cambio normativo conocido, la aprobación de la ley ha disparado las consultas entre los asesores fiscales especializados, según fuentes consultadas por el diario La Vanguardia.
Un directivo de uno de los principales bancos del pequeño país explica que desde hace meses se está contactando con todos los clientes para informarles del cambio para que tengan tiempo de regularizar –si es necesario– su situación con la Hacienda de su país. España, por su parte, es uno de los países con más clientes en los bancos andorranos.
El banquero explica que las diferentes alternativas por las que han optado los clientes son retirar el dinero en efectivo y guardarlo en una caja de seguridad o gastárselo, llevárselo a una cuenta en un banco de Estados Unidos o de Gran Bretaña, donde no hay intercambio automático de información, cambiar de residencia fiscal, darlo a una ONG o regularizarlo.
Como el secreto bancario se levanta el 1 de enero, si el cliente cierra la cuenta antes de esa fecha la Hacienda española no tendrá constancia de nada salvo que pida la información vía judicial al país como se hacía hasta ahora.
La alternativa a la que se enfrentan los contribuyentes que no regularicen su situación es que Hacienda lo detecte por su cuenta gracias a la información fiscal que le envíe Andorra, en cuyo caso el coste para el contribuyente puede ser de hasta el 120% de la cantidad no declarada.
La banca andorrana comenzará el proceso de petición de información fiscal al propietario último de cada una de las cuentas bancarias. En el caso de que el cliente se niegue a facilitar la información actual o no sea posible contactar con el propietario, la información que facilitará el banco es la última disponible y que, en determinados casos, puede remontarse a la que facilitó el cliente en el momento de formalizar la cuenta.
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