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Especial XII Congreso LA/FT Asobancaria (5 sep.)

Enviado por Infolaft el

Artículo por: Infolaft

En la presente edición, InfoLAFT presenta de forma detallada los aspectos más relevantes del XII Congreso Panamericano de Riesgo del Lavado de Activos y Financiación del Terrorismo, realizado entre el 26 y 27 de julio en Cartagena de Indias. A continuación los ocho temas más importantes, entre los que se encuentran anuncios y recomendaciones de las autoridades, las reflexiones de los oficiales de cumplimiento, las tipologías identificadas y mucho más.

Tema 1: Los anuncios y aclaraciones del Supervisor

 

Durante su intervención en el XII Congreso Panamericano, el Superintendente Delegado para LA, Jorge Humberto Galeano, hizo importantes anuncios sobre variables e hizo varias recomendaciones a los funcionarios de las entidades vigiladas para mejorar su gestión del riesgo.

 

Se pueden descartar algunas variables

Sobre el importante tema de las variables, el Delegado comenzó destacando varias de las segmentaciones encontradas en las entidades, al señalar que ‘‘siempre trasciende lo que al Supervisor no le gusta, pero no se habla de aquellos que hacen bien su trabajo’’. ‘‘Hay unas entidades de cuyas segmentaciones hemos aprendido’’, indicó.

Respecto a las variables obligatorias que están en la etapa de segmentación, Galeano afirmó: ‘‘queremos que ustedes hagan el análisis y de una forma sustentada descarten aquellas que no les aportan. Lo que no queremos es que en los datos del cliente no aparezcan los ingresos. Hay que analizarlos, independientemente de que sea una variable determinante para la segmentación’’.

 

La labor de la Superfinanciera para sensibilizar las Juntas Directivas

El Superintendente Delegado para Lavado de Activos, Jorge Humberto Galeano, indicó que se aplican varias estrategias. La primera es la pedagógica, la cual consiste en el envío de los informes de los oficiales de cumplimiento a las Juntas Directivas, ‘‘no sólo por la obligación que establece la norma, sino porque se han encontrado dificultades que por ese medio se les dan a conocer’’, además, esa acción también permite generar conciencia en la alta gerencia.

La segunda estrategia de la Superintendencia Financiera son los llamados de atención verbales y la tercera son las sanciones institucionales.

Galeano señaló que recientemente se han suspendido las actividades de varias entidades, parando de esta forma sus ingresos. ‘‘Por ejemplo, en el caso de los intermediarios del mercado cambiario la Superintendencia tiene la facultad de suspender las licencias hasta tanto no se solucionen las fallas en los controles del lavado de activos’’. Al respecto indicó que ese mecanismo ‘‘ha resultado muy efectivo, porque eso si lo sienten las entidades’’.

Por último, reconoció que actualmente se encuentran en trámite algunas sanciones de tipo administrativo-sancionatorio.

 

La calificación de riesgo de los supervisados

El Superintendente Delegado señaló que teniendo en cuenta el enfoque basado en el riesgo, la Superintendencia tiene una matriz que clasifica los riesgos de LA de sus vigilados. Eso le permite tener un rango que a su vez ayuda a organizar la prioridad de las visitas que deben realizarse.

Por otra parte, aclaró que eso no implica efectos diferenciadores en el SARLAFT, ya que esa ‘‘es una instrucción construida sobre los controles mínimos que deben existir y por eso no es negociable’’. Aunque afirmó que el reto de la Superintendencia sí es el de entender el SARLAFT de cada una de las entidades.

 

Futuras modificaciones al SARLAFT

Según Galeano, el SARLAFT ‘‘es una norma producto de una evolución regulatoria’’ y con base en ese principio la Superintendencia Financiera estudia replantear algunos temas, teniendo en cuenta fundamentalmente los cambios recientes a las 40 recomendaciones del Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI).

De igual forma, y basado en un carácter autocrítico, el Supervisor ha identificado algunos aspectos que serán cambiados. A modo de ejemplo, el Delegado anunció que está revisando si una entrevista presencial puede realizarse a través de una videoconferencia, ya que ‘‘el mundo y sus tecnologías son cambiantes y ante esa realidad la Superintendencia no puede sustraerse’’.

 

Carteras colectivas

El Delegado señaló que independientemente del administrador o del tipo de cartera, lo importante es el tipo de inversión que se haga con los recursos de dichas carteras y que éstas se efectúen en productos que tengan origen lícito. Por ejemplo, ‘‘si el conjunto de inversionistas quiere invertir en el sector inmobiliario, el administrador de la cartera debe asegurarse de que esos bienes inmuebles tienen una tradición que pueda permitir hacer un negocio de buena fe’’.

Galeano también recomendó a los administradores que cuando tengan productos no tradicionales como ganado, palma de cera, arroz o negocios de futuros, verifiquen que los mismos puedan ser –por lo menos– contabilizados.

 

De la administración de recursos públicos

La principal preocupación que existe alrededor de este tema es que esos recursos pueden ser usados irregularmente y enmarcar delitos contra la administración pública, los cuales son precedentes del lavado de activos.

El Superintendente Delegado recordó que el Decreto 1525 de 2008 establece restricciones sobre las entidades públicas del orden nacional y territorial que pueden convertir sus excedentes en liquidez. Al respecto apuntó que las entidades financieras deben tener en cuenta a los terceros cuando reciban recursos públicos y verificar a donde se envían. Esta recomendación la dirigió particularmente a las fiduciarias y empresas bursátiles.

Según él, ‘‘en muchas ocasiones y a pesar de lo que dice el contrato y de las metodologías adoptadas para establecer señales de alerta, se omiten los controles y eso es evidencia de falta de gestión’’. ‘‘La cuenta corriente de un banco en la que se depositan recursos públicos podría tener dificultades para cumplir con la gestión adecuada, pero eso no debería presentarse en las fiduciarias cuando realizan pagos a terceros’’, puntualizó.

 

La recomendación de siempre: documentar

El Supervisor afirmó que si un cliente no cumple con todos los requisitos no se debe vincular, ‘‘esa es una de las premisas fundamentales’’. En dicho sentido sugirió tener claro el papel que juegan las personas en los contratos, ya que hay algunos negocios en los que existen diferencias entre cliente, usuario y beneficiario final, y lo que se pide es identificarlos. No definir esto puede generar errores en el sistema de prevención.

Además, les recordó a los oficiales de cumplimiento que siempre deben documentar sus actuaciones y peticiones, y no deben dudar en hacerle solicitudes a la Junta Directiva o al Representante Legal cuando así sea necesario. ‘‘Ustedes deben quejarse, es mejor quedarse sin puesto que terminar en la cárcel’’.

 

Clientes sin ingresos y PEPs

Galeano instó a los oficiales de cumplimiento a ser consistentes en el diligenciamiento de los formularios de los clientes. Por ejemplo, sin un cliente no tiene ingresos, ese campo debe marcarse con un cero y no debe dejarse en blanco, ya que la Superintendencia lo interpreta como un descuido por la falta de información al momento de la evaluación. ‘‘Necesitamos saber que el cliente no posee ingresos y no interpretar erróneamente que esa casilla no se diligenció’’.

En lo concerniente a las Personas Expuestas Políticamente (PEPs), aclaró que no todos los funcionarios públicos ingresan en esa categoría. Al abordar la solicitud de uno de los asistentes frente a la conformación de una lista de PEPs, manifestó que el Estado sabe quiénes son sus funcionarios públicos y sus contratistas, razón por la cual no entiende el por qué eso no se hace público.

‘‘Esos datos reposan en el Departamento Administrativo de la Función Pública y la Superintendencia Financiera está buscando que esa información haga parte de la política pública contra el LA. Es necesario que haya una fuente oficial de información’’.

 

Riesgo en operaciones de crédito con no residentes

Por último, Galeano recordó que el Banco de la República modificó en octubre de 2011 la regulación en materia cambiaria, ampliando la posibilidad de los residentes en el país de obtener financiación mediante la celebración de operaciones de crédito con personas catalogadas como no residentes.

Ante eso, la Superintendencia Financiera a través de la Circular 10 del 9 de febrero de 2012 le indicó a sus vigilados que debían ajustar su SARLAFT para hacer frente a los eventuales riesgos. ‘‘Si bien queremos abrir el país a la inversión extranjera, no menos cierto es que eso representa unos riesgos. Debemos ser cuidadosos con las entidades de jurisdicciones que no conocemos’’.

 

 

Tema 2: Las tipologías de la DIAN

 

El director de la Dirección Nacional de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN), Juan Ricardo Ortega, comenzó su intervención indicando que la discusión nacional en torno a la problemática del LA y el nivel de gestión ‘‘puede mejorarse de una manera sustantiva’’.

Ortega reconoció que durante los dos años que lleva dirigiendo la DIAN se ha asombrado bastante por las ‘‘negligencias significativas’’ y la ‘‘trivialidad de los errores que se han cometido’’ al interior de la entidad. También señaló que dichas fallas han tenido un carácter sistemático que preocupa.

Juan Ricardo Ortega, director de la DIAN. Foto: InfoLAFT

 

Respecto a las cifras, afirmó que el lavado de activos movería anualmente en Colombia entre 18 y 20 billones de pesos. Según él, esa cifra no dice mucho en primera instancia, pero si se tiene en cuenta que el presupuesto anual de la Policía Nacional es de 6 billones de pesos, ‘‘el asunto se complica’’.

También planteó que la inquietud es creciente al observar la siguiente situación: el recaudo de impuestos en el país llegó a 70 billones en 2011, de esa cantidad le quedaron al Estado 20 billones después de pagar salud y pensiones; en consecuencia, se puede concluir que solamente el delito de LA mueve la misma cifra de dinero que obtiene Colombia por recaudo tributario.

 

Tipologías

 

Viejo conocido: contrabando

La dinámica de la conferencia del director de la DIAN, Juan Ricardo Ortega, consistió en denuncias de modalidades delictivas y en un descatable ejercicio autocrítico. En el marco de lo segundo, reconoció que el Instituto Nacional de Concesiones –INCO– y la DIAN en un acto irracional aprobaron un puerto en Bahía Portete, Guajira. A través de ese puerto transitan cerca de 290 barcos cada año que mueven alrededor de 62 toneladas de mercancías desconocidas.

En lo referente al fenómeno del contrabando, dijo que cada año a Colombia llegan ilegalmente al país aproximadamente un millón 100 mil cajas de Whisky y 200 millones de cajetillas de cigarrillos.

 

Courriers

El alto funcionario señaló que este tema es mucho más preocupante de lo que se cree. Por ejemplo, recordó que en recientes declaraciones el exjefe paramilitar Salvatore Mancuso confesó que traía su armamento a través de envíos urgentes. ‘‘Valdría la pena mirar quienes en el país han sido aprobados como courriers y cómo manejan sus finanzas’’.

Sobre el mismo tópico, afirmó que uno de los courriers que más dinero mueve en Colombia tiene como representante legal a una persona cuya preparación académica consiste en seis meses de ganadería, durante los últimos 15 años no registró experiencia laboral y tampoco cotizó a la seguridad social; y sin embargo maneja un negocio de 20 millones de dólares.

‘‘Los dueños de estos negocios también tienen presencia en Panamá y mueven muchísimo dinero en Colombia’’. ‘‘Son entidades con las que se debe tener cuidado’’, sentenció.

 

Comercio exterior

Según Ortega, la subfacturación de importaciones desde la zona libre de Panamá es de U$6.000 millones de dólares al año y la gran mayoría de la mercancía consiste en calzado y textiles, además agregó que ‘‘tenemos información histórica que muestra precisamente un desfase de U$6.000 millones de dólares’’ en dichos productos.

Como dato curioso, contó que hace algunas semanas aprehendieron un cargamento de 700 mil pares de zapatos almacenados en una vivienda de cuatro pisos en Cali. ‘‘la casa estaba hasta el techo de zapatos’’, indicó Ortega. Dicha mercancía estaba avaluada en 15 mil millones de pesos.

De igual forma –y haciendo un ejercicio autocrítico– cuestionó que la DIAN haya aprobado recientemente entre 15 y 25 usuarios aduaneros permanentes. Cabe señalar que un usuario aduanero permanente es aquel que por su idoneidad y buena fe puede sacar una póliza, paga sus impuestos después de haber ingresado la mercancía y tiene un mes de flujo de caja de alivio. ‘‘Tenemos un usuario aduanero muy peculiar en Colombia (…), su patrimonio es de 13 millones de pesos, su representante legal carece de educación y a pesar de eso mueve alrededor de U$20 millones de dólares. El dueño de esa empresa es una sociedad de Panamá’’.

Luego de la descripción de estos casos, lamentó que ‘‘no exista una discusión internacional para frenar este fenómeno que, sin duda, afecta a todos los países’’.

 

¿El altruismo usado para lavado de activos?

El Director de la DIAN reveló que entre 2006 y 2011 las fundaciones en Colombia pasaron de 16.000 a 40.000.‘‘Al parecer hay un nivel muy alto de altruismo en el país’’ –ironizó– y luego indicó que la gran mayoría de éstas se han constituido como fundaciones universitarias y centros de ayuda para niños pobres.

‘‘Aquí hay un lío tributario muy importante, la cantidad de fundaciones y de transacciones alrededor de las universidades es algo que no se debería menospreciar’’. Las transacciones se dan casi todas en Panamá y la DIAN ha logrado establecer que hay sociedades internacionales en bolsa que compran universidades en Colombia con el único fin de acceder a las exenciones de impuestos y obtener grandes réditos económicos’’.

 

Los carros de bomberos

Esta fue una de las modalidades más novedosas descritas por el Director de la DIAN en su intervención. Resulta que una fundación compra un carro de bomberos en EE.UU. y lo dona en Colombia. Cuando la máquina llega al país le suscriben una póliza de seguros por pérdida total cuyo valor no llega al millón de pesos, a través de un corredor de seguros.

Luego de unos días el carro se destruye misteriosamente. Posterior a eso el seguro paga la póliza de pérdida total y la contabilidad queda en regla. Ante esta situación sospechosa la DIAN investigó y encontró el carro en mención en Mocoa, Putumayo, y descubrió que la máquina se había liquidado por un valor de $650 millones de pesos.

Sin embargo, ese no fue el único caso, ya que se descubrió el mismo modus operandi en la venta de 5 vehículos de bomberos en Cundinamarca, 5 en el Cauca, 3 en el Valle del Cauca y 2 en Córdoba.

 

Tráfico ilegal de oro

Haciendo referencia a un artículo publicado recientemente por la revista Bloomberg Business Week, Ortega indicó que Colombia está recibiendo importaciones –prohibidas– de mercurio cercanas a las 10 toneladas anuales, las cuales se utilizan en la extracción de oro. Ese elemento químico se vende sin control alguno en la plaza del municipio de Segovia, Antioquia, y su uso en la minería genera graves afecciones a la salud humana, además de daños irreparables en el medio ambiente.

Sobre las grandes exportaciones de oro de los años recientes, el funcionario expresó que ‘‘es curioso’’ ver que el auge del oro se dio en Colombia precisamente cuando se cayeron las exportaciones hacia Venezuela.

‘‘Claramente hay un carrusel’’, indicó, al analizar las cifras que posee la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales. ‘‘El año pasado fueron exportadas casi 67 toneladas de oro. Ahora analicemos lo siguiente: las dos más grandes multinacionales de oro que operan en Colombia no llegan a las 15 toneladas y los ilegales en el mejor escenario posible llegan a 10. ¿Entonces donde está el resto?’’. Según información de la Administración Antidrogas de EE.UU. (DEA) existe una red que haría circular oro desde Chile con el fin de realizar enormes facturaciones que a su vez permiten traer dólares al país.

La DIAN también descubrió que hay personas que traen supuestamente herramientas muy pesadas a Colombia para venderlas a bajo costo. Tras varias investigaciones se descubrió que están hechas de oro, el cual es pintado con colores similares al de otros metales –como el hierro– para disfrazar el ilícito.

Finalmente, Ortega señaló que solamente el lavado de activos por concepto de tráfico ilegal de oro oscilaría entre U$1.500 y 2.000 millones de dólares.

 

Tema 3: UIAF usa la ciencia para luchar contra el LA/FT

 

Lo primero que señaló Javier Alberto Gutiérrez, subdirector de Análisis Estratégico de la Unidad de Información y Análisis Financiero (UIAF), durante su intervención fue que ‘‘ya no se puede trabajar en mapas de riesgo o matrices de riesgo tradicionales’’, razón por la cual la entidad estatal se encuentra aplicando herramientas científicas para desarrollar su labor.

Sobre el mapa de riesgo, Gutiérrez destacó que ya fue presentado ante el Banco Mundial, el Fondo Monetario Internacional y varias dependencias de la Unión Europea. Además, anunció que al interior del Grupo de Acción Financiera de América del Sur (GAFISUD) se están creando grupos que trabajarán en el desarrollo de mapas de riesgo basados en el colombiano.

Javier Gutiérrez, subdirector Análisis Estratégico UIAF

 

Por otra parte, el Subdirector de Análisis de la UIAF señaló que actualmente se intenta desarrollar –junto a un equipo de físicos y matemáticos– una metodología que les permita obtener la probabilidad de ocurrencia de eventos asociados al lavado de activos e identificar las vulnerabilidades macroeconómica y microeconómica sectoriales. Esto con el fin de identificar:

  • Probabilidad de detección sectorial o eventos sectoriales de lavado de activos.
  • Probabilidad de ocurrencia por cada una de las tipologías.
  • Vulnerabilidades asociadas al sector económico.
  • Vulnerabilidades asociadas a los departamentos donde se puede llevar a cabo la actividad económica.
  • Vulnerabilidades asociadas a interrelaciones entre las variables.
  • Vulnerabilidades asociadas a la UIAF.
  • Vulnerabilidades en los reportes.

Gutiérrez también se refirió al modelo de fuentes y usos que se desarrolló para identificar las fuentes de financiación de las Fuerzas Armadas Revolucionarias de Colombia (FARC), el cual permitió establecer que el dinero de ese grupo al margen de la Ley procedía del narcotráfico, la extorsión, el secuestro, el abigeato y la inversión en la actividad economica legal. A través de dicho modelo también se descubrió que las FARC tendrían un fondo de inversión del que harían parte millonarios recursos en el exterior.

De igual manera, la UIAF está trabajando en conceptos de redes criminales traídos de la física, a través de los cuales busca la definición de un marco conceptual y analítico adecuado, y desarrollar un sistema de gestión del conocimiento de las mencionadas redes. El objetivo de la novedosa propuesta es ‘‘pasar de modelos mentales a modelos lógicos informales’’.

 

Otras estrategias

Los Reportes de Operaciones Sospechosas (ROS) y la información que posee la UIAF a través de otros canales han sido utilizados para hacer minería de datos. La finalidad en este sentido es buscar patrones, tendencias y redes. Sin embargo, la estrategia no para allí, ya que también se viene haciendo minería de texto. Ésta minería busca encontrar condiciones y relaciones entre cualquier tipo de datos no estructurados, revelar condiciones entre personas y organizaciones; y transformar textos en datos cualitativos que puedan ser usados en modelos predictivos.

‘‘Queremos entender los fenómenos, usar adecuadamente los instrumentos y diseñar mecanismos para desarticular redes de lavado’’. En este mismo sentido, Gutiérrez indicó que ‘‘lo fundamental es que estamos cogiendo la estructura de LA y no la red. Esto nos ha permitido detectar cosas por fuera de la tipología y del marco que normalmente desarrollamos, lo que permite que se pueda desarticular efectivamente. Si sólo se incautan las máquinas, las personas seguirán delinquiendo, pero si usted atrapa a los delincuentes y a sus colaboradores, las máquinas no funcionan’’.

Por último, el alto funcionario afirmó que la UIAF está desarrollando un ‘‘tanque de pensamiento’’ –que ya está inscrito en Colciencias– en el que puedan interactuar muchas personas. ‘‘Vamos hacia un observatorio del sistema antilavado que ayude a medir la efectividad. También se avanza en el desarrollo de un laboratorio de análisis experimental que analice comportamientos criminales’’.

 

Tema 4: Sector Financiero identifica dificultades en lucha contra el LA/FT

 

Los diferentes gremios del Sector Financiero (Asobancaria, Asobolsa, Asofiduciarias, Fedeleasing y Fasecolda) realizaron un interesante panel de discusión, cuya finalidad fue la de identificar las problemáticas y señales de alerta más habituales a las que se enfrentan en torno a la prevención del LA/FT. Allí también se entregaron posibles buenas prácticas.

 

Sector bancario

El presidente del Comité de Oficiales de Cumplimiento de Asobancaria, Milton Fabian Villegas, fue el encargado de realizar la descripción de las principales dificultades. A continuación se detallan.

  • Apertura a mercados internacionales. El crecimiento en los negocios con extranjeros ha generado aumento en los riesgos.
  • Falta de regulación en otros sectores. El sector financiero está soportando la carga de adelantar la debida diligencia, mientras que en otros sectores los controles son opcionales.
  • Dificultades para identificar los beneficiarios reales de las Sociedades por Acciones Simplificadas (SAS). Esta situación se ha presentado por las características del mismo modelo societario.

Enseguida las señales de alerta:

  • Auge de inversión extranjera. Cuando en la unidad de cumplimiento buscan identificar quien ingresa el dinero al país, observan que son fondos mutuales internacionales, lo cual dificulta el proceso.
  • Problemas para conocer los clientes reales que se presentan a través de sociedades off shore. Ha ocurrido por las características de dichas sociedades.
  • Inconvenientes en sectores crecientes. Las explotaciones mineras, de petróleo y de carbón se han incrementado ostensiblemente en los años recientes. El problema es que en muchas ocasiones se han encontrado sociedades Corp. (protegidas internacionalmente) como dueñas de los títulos de explotación.

 

Sector bursátil

Según Esteban Tobón, presidente del Comité de Oficiales de Cumplimiento de Asobolsa, los siguientes son los problemas más recurrentes al momento de administrar el riesgo del lavado de activos y la financiación del terrorismo.

  • Falta de herramientas tecnológicas. Al respecto, Tobón indicó que ‘‘sería ideal contar con un validador de listas de control, un sistema de monitoreo y un sistema para aplicar modelos de administración del riesgo’’.
  • Falta de empoderamiento. Algunos oficiales de cumplimiento del sector en reiteradas ocasiones tienen dificultades para tomar decisiones.
  • Inconvenientes con la concienciación del riesgo. No todas las administraciones están conscientes de los riesgos reputacional y de contagio. Según el Presidente del Comité, ‘‘esos dos riesgos podrían generar un riesgo sistémico’’.
  • Riesgos con los clientes extranjeros. Hay dificultades para realizar las entrevistas y las visitas, además, muchos de los documentos de soporte solicitados vienen en otros idiomas.
  • Dificultades de identificación de los beneficiarios reales. Esta situación es constante en varios gremios del Sector Financiero.
  • Problemas con el control en las denominadas ‘locomotoras del Gobierno’. Varios de esos sectores son poco regulados.
  • ‘Guerra de documentación’. Algunas compañías comisionistas de bolsa dejan de exigirle a sus clientes algunos documentos a cambio de obtener los negocios.
  • Los riesgos de la tradición. La costumbre antigua del negocio bursátil de realizar negocios a través de la palabra y acuerdos familiares ha ido en detrimento de los controles.

 

Sector fiduciario

Para este propósito, el expositor fue Alfredo Gutiérrez, oficial de Cumplimiento de Fiduciaria Bogotá, en representación de Asofiduciarias. A continuación las mayores dificultades.

  • No entrega de información. Muchos clientes no tienen la cultura de suministrar la información de manera oportuna.
  • Falta de bancarización de los beneficiarios de pagos de negocios fiduciarios. Según Gutiérrez, el sector financiero debe seguir trabajando para ampliar la bancarización nacional.
  • Diferentes visiones de la norma. Al interior de muchas compañías tanto la revisoría fiscal como la contraloría interna tienen interpretaciones diferentes, lo que genera inconvenientes en las solicitudes a las unidades de cumplimiento.
  • Desactualización de fuentes públicas. La información que se encuentra en los portales de internet de varias entidades del Estado no está al día, lo que impide las verificaciones.
  • Poca estandarización de los negocios. Algunos comerciales fiduciarios son laxos en el establecimiento de los negocios, lo que convierte a cada uno de éstos en nuevas estructuras de riesgo.

Gutiérrez también entregó algunas señales de alerta:

  • Suplantación. Muchos clientes tratan de evadir los controles con la alteración de sus documentos.
  • Datos inconsistentes. Varios clientes suministran en sus formularios teléfonos de contacto en una ciudad y la dirección de domicilio en otra, es decir, la información no guarda relación.
  • Planteamiento de negocios exóticos. Algunas personas le proponen a las compañías negocios incomprensibles que no deben ser aceptados.
  • Desistimiento de proyectos inmobiliarios. Muchos clientes llegan a pagar hasta el 70% de una vivienda y cuando faltan unos pocos días para la entrega, sin causa aparente, desisten del negocio.
  • Entramados societarios. Empresas aparentemente extranjeras, cuyo capital es colombiano, constituyen una SAS; luego contratan una firma de abogados en Panamá y los designan como representantes legales.

 

Panel financiero. Foto: InfoLAFT

 

Sector asegurador

El panelista invitado para tratar estos puntos fue el Oficial de Cumplimiento de Suramericana, Luís Felipe Villegas, quien intervino en representación de Fasecolda. Enseguida, los problemas identificados.

  • Problemas en la verificación masiva de información de personas jurídicas. Este fenómeno ocurre bastante en la contratación y subcontratación pública.
  • Falta de consolidación de información en Cámaras de Comercio. Todas operan de forma aislada y no hay una base de datos unificada que facilite las verificaciones.
  • Falta de consolidación de información en aseguradoras. No es posible determinar si una persona se encuentra asegurada al mismo tiempo en varias compañías.
  • No existe un listado de Personas Expuestas Políticamente (PEPs). Esta solicitud es constante en varios gremios del Sector Financiero.

 

Sector leasing

El vocero en dicho sentido fue el oficial de Cumplimiento de Bancoldex, Jorge Álvarez, quien representó en el panel de discusión a Fedeleasing.

  • Particularidad con los activos subyacentes. Para adelantar un negocio de leasing debe existir un activo subyacente que se le entrega en arrendamiento al cliente. Para adquirir el activo, la compañía de leasing debe celebrar una operación de compra-venta con un proveedor. La dificultad consiste en la identificación de ese proveedor, el cual en muchas ocasiones se niega a suministrar la información.

 

¿Cómo hacer frente a los problemas?

Al finalizar el destacable ejercicio de reflexión alrededor de las mayores dificultades para administrar el riesgo del lavado de activos y el financiamiento del terrorismo en las entidades del sector financiero, lo cual es necesario para comenzar a identificar soluciones, los panelistas plantearon buenas prácticas:

  • Tratar de consolidar a los clientes de las entidades financieras en una misma base de datos y no, como existe ahora, separados por producto.
  • El oficial de cumplimiento debe generar políticas claras para evitar el incumplimiento de las normas legales, ya que en reiteradas ocasiones no se cumple lo estipulado en los manuales.
  • No pagar las facturas en los negocios con el Estado que no tengan relación con el negocio realizado.
  • No pagar las facturas que no se ajustan al cumplimiento de requisitos legales.
  • Buscar bancarizar a los beneficiarios de pago que no tienen cuentas de ahorros.
  • No admitir formularios de conocimiento ilegibles.
  • Enfatizar el proceso de debida diligencia de conocimiento del cliente cuando los bienes objeto de negocio en compañías de leasing no son sujetos a registro.
  • Promover la consolidación de bases públicas de información.
  • Buscar que las compañías de seguros agrupen a los corredores, en forma similar al Autorregulador del Mercado de Valores.

 

Tema 5: Atención ante futuras aclaraciones sobre proliferación

 

Carlos Burundarena es director general de la firma Business Compliance Solutions y fue el encargado de abordar el todavía desconocido tema de la financiación de la proliferación de armas de destrucción masiva. ‘‘Este es un baile que ustedes tendrán que bailar. Hace algunos años pasó lo mismo con el lavado de activos y los funcionarios de entidades financieras no sabían de qué se trataba y lo tuvieron que aplicar. Pues bien, ahora el reto se llama proliferación de armas’’, expresó al iniciar su intervención.

 

Historia de la proliferación

Burundarena comenzó su exposición describiendo la historia de las armas de destrucción masiva, la cual comenzó el 6 de agosto de 1945 cuando el Gobierno de EE.UU. hizo explotar la bomba atómica sobre la ciudad de Hiroshima (Japón), en el marco de la segunda Guerra Mundial.

A finales de la década de los años 50 –además de Estados Unidos– Reino Unido, Rusia, Francia y la Unión Soviética también tenían armas de destrucción masiva. Ante las disputas políticas y la rivalidad creciente entre algunos países, se optó por firmar en 1966 el Tratado de No Proliferación. Según Burundarena los aspectos más importantes de dicho acuerdo fueron los siguientes:

  • Los países que no tenían armas no tendrían derecho a tenerlas.
  • Los que tenían, las debían reducir y compartir los beneficios que les dejaran (energía nuclear).

En ese momento (1966) había 37.741 armas de este tipo en el mundo. India, Pakistán e Israel no firmaron el acuerdo, Irán lo firmó, mientras que Corea del Norte también suscribió el Tratado, pero meses después se retiró. América Latina no se sustrajo de esta iniciativa mundial y todos sus países firmaron entre 1967 y 1977 el Tratado de Tlatelolco.

Respecto a las cifras y posterior a las firmas de los Tratados, se evidenció que en 1985 las armas aumentaron a 63.632. El año de 1985 es un punto de referencia porque fue allí cuando el acuerdo mundial fue firmado por Israel e India. Diez años después (1995) el mundo registró 39.123 armas.

Ya en el año 2004 el Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas emitió la Resolución 1540, a través de la cual los países acordaron que al interior de su territorio no permitirían que alguien desarrollara, fabricara, comprara, transportara o transfiriera armas nucleares. Posteriormente la misma instancia de la ONU promulgó las siguientes Resoluciones:

  • Resolución 1718 de 2006 (Corea del Norte)
  • Resolución 1737 de 2007 (Irán)
  • Resolución 1747 de 2007 (Irán)
  • Resolución 1803 de 2008 (Irán)
  • Resolución 1874 de 2009 (Corea del Norte)
  • Resolución 1929 de 2010 (Irán)

Después del rápido repaso –expresó Burundarena– se puede señalar que en la actualidad existen en el mundo 17.985 armas de destrucción masiva; sin embargo, preocupa que las actuales son mucho más potentes que las de hace unos años, dados los avances tecnológicos.

 

En el futuro se espera claridad

La recomendación 7 del GAFI indica que ‘‘los países deben implementar sanciones financieras dirigidas para cumplir con las resoluciones del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas relativas a la prevención, represión e interrupción de la proliferación de armas de destrucción masiva y su financiamiento’’. En ese sentido, Burundarena señaló que los programas de prevención de la proliferación todavía se encuentran en definición.

Carlos Burundarena, experto en prevención de la proliferación de armas. Foto:InfoLAFT

 

‘‘Los primeros que tendrán que aplicar esto son los países’’ y ello consiste –entre otras– en estandarizar la definición, tipificar el delito, congelar el dinero de los fabricantes e implementar sistemas de control de exportaciones. ‘‘El problema con esto es que existen sustancias que sirven para fabricar armas de destrucción masiva tanto como para otros elementos. Actualmente uno de los debates que se surte en el Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI) gira en torno al suministro o no de una lista de productos sensibles’’.

Respecto a los controles en las entidades del sector financiero, Burundarena expresó que ‘‘por ahora no se le pedirá a los bancos que apliquen esta normativa, aunque lo que se les pedirá en un futuro es que implementen un sistema de riesgo’’, el cual debe tener lo siguiente:

  • Incorporar la proliferación en la gestión de riesgo (aquí el problema es que varios  expertos del GAFI dicen que la mayoría de recursos serán lícitos).
  • Hay que hacer una evaluación de riesgo.
  • Se deben elaborar manuales.

Según el experto, ‘‘los bancos deberán tener en cuenta en la futura elaboración de sus matrices de riesgo cuales países han firmado el Tratado de no proliferación y, además, cuales lo firmaron, pero no lo cumplen’’. Al parecer, los clientes de riesgo serían inicialmente los ciudadanos de los países de riesgo.

‘‘En definitiva, esto apenas comienza y va a tomar tiempo. Mi trabajo aquí era contextualizarlos. Se deben esperar las definiciones del Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI) y de los propios países’’, puntualizó.

 

Tema 6: Precisiones jurídico-penales en materia de prevención del LA

 

En su intervención el fiscal General de la Nación Eduardo Montealegre Lynnet ilustró a los oficiales de cumplimiento sobre los aspectos específicos de eventuales casos de lavado de activos que no darían lugar a una imputación.

El Jefe del Ente Acusador comenzó explicando la forma en que se puede aplicar la teoría de la imputación objetiva a las normas penales contra el lavado de activos, para lo cual aclaró que dicha teoría se divide en tres partes:

 

  • Conductas neutrales y participación delictiva.
  • Teoría de riesgo permitido.
  • Aplicación del principio de confianza en la imputación.

 

 

Conductas neutrales y participación delictiva

Para referirse a estos tópicos, el Fiscal comenzó citando tres casos ocurridos en varios países del mundo y en los cuales hubo condenas contra intervinientes dentro de varias conductas delictivas:

 

  • ‘El caso del burdel’ (Alemania). Sucede que la justicia de ese país condenó por complicidad de proxenetismo a un comerciante de licores que le suministraba vinos a la propietaria de una casa de lenocinio.
  • ‘El caso de la carne de antílope’ (Suiza). En este caso lo que ocurrió fue que un comerciante de carne de antílope fue condenado por complicidad de estafa, luego de venderle ese alimento a unos inescrupulosos que vendieron posteriormente esa carne como si fuera de venado europeo.
  • ‘El caso del taxista de Perú’. La situación consistió en que unas personas contrataron al conductor de un taxi para que les prestara un servicio, para lo cual acordaron encontrarse a la salida de un edificio de apartamentos. El taxista efectivamente llegó y los transportó junto con unos electrodomésticos que sacaron de una vivienda. Resultó que se trataba de una banda de ladrones. Con posterioridad a las capturas, la justicia peruana decidió condenar al taxista por complicidad de hurto.

 

Según el Fiscal General, interpretando las conductas desde la dogmática penal clásica y desde el punto de vista fáctico, ‘‘los condenados han prestado objetivamente aportes para la comisión del delito’’. Sin embargo, aclaró que la doctrina moderna reconoce un replanteamiento a la teoría de la imputación ‘‘dado que la sociedad actual se caracteriza por los contactos anónimos y en estos casos se ve que los aportes están dentro del riesgo permitido’’. En síntesis, ‘‘no puede existir imputación a quien ha realizado contactos anónimos en el ejercicio de su función dentro del marco estricto de su rol’’.

Eduardo Montealegre, fiscal General de la Nación. Foto: InfoLAFT

 

Teoría del riesgo permitido

Para abordar este punto, Montealegre planteó la siguiente pregunta ¿Qué pasa si un banco le presta dinero a un proyecto de inversión que está siendo utilizado –sin conocimiento del banco– para lavar dinero? La respuesta fue la siguiente: ‘‘si hizo un estudio previo de las relaciones con el cliente y cumplió con las normas de prevención del lavado de dinero no se le puede imputar el delito de LA’’.

Según la óptica de la dogmática tradicional, el banco sí participó en el delito de lavado; sin embargo, la teoría moderna, señala que ‘‘además de la interpretación formal de la conducta, es necesario demostrar que el sujeto ha creado un riesgo jurídicamente desaprobado y que ese riesgo se concrete en la producción del resultado’’.

El fiscal Montealegre indicó que en la moderna dogmática del derecho penal hay tres grandes estructuras de imputación –no escritas en la ley– que son el fundamento de la responsabilidad:

 

  • Existencia de una posición de garante para evitar la producción de resultado, es decir, cuando es deber del sujeto evitar la comisión del delito.
  • Originamiento de un riesgo jurídicamente desaprobado.
  • Que el riesgo creado por el autor sea el mismo riesgo que se concreta en la producción del resultado.

 

Para explicar la teoría del riesgo permitido, Montealegre planteó el siguiente interrogante: ¿si un médico opera a un paciente con el cumplimiento de todas las normas del arte de la medicina, pero el paciente muere, se le puede imputar el delito de homicidio? La respuesta es que no, ya que la sociedad no puede prohibir ciertos riesgos que van en detrimento de su desarrollo; en este caso, una intervención quirúrgica que se adelanta en pro de intentar salvar la vida de una persona.

‘‘Dado que no se puede prohibir la creación integral de riesgos en la sociedad, ya que eso no permitiría –por ejemplo– los avances de la aviación, la exploración marítima y espacial; entonces lo único que se puede hacer es expedir normas técnicas que le pongan límites al riesgo’’, afirmó el Jefe del Ente Acusador.

‘‘Esta situación es importante en torno al tema del lavado de activos, ya que no hay imputación si el banco cumple con las normas de prevención del delito. Aquí lo importante es que las entidades financieras comprendan a cabalidad las normativas existentes’’, aseveró Montealegre.

 

Principio de confianza

Continuando con su ejercicio pedagógico, el Fiscal lanzó otra pregunta: ¿Qué pasa si un cliente le da la orden a un banco de girar un cheque a nombre de un tercero, y después se demuestra que ese dinero girado fue utilizado por el tercero para la comisión del lavado de activos? La respuesta es que el banco no sería responsable de LA si se dan los presupuestos del principio de confianza.

‘‘El principio de confianza contempla que no es deber de cada ciudadano controlar la actividad de otras personas, porque existe otro principio, que es el de la división del trabajo’’. Para ilustrar, Montealegre puso otro ejemplo: si un médico opera a un paciente, pero el paciente muere a causa de una infección transmitida por el bisturí, ¿se le puede imputar el homicidio? ‘‘No, porque habría que determinar en qué ámbito de responsabilidad estaba asignado el deber de desinfectar el bisturí. Dentro del campo del equipo médico, esa era responsabilidad de la instrumentadora’’, apuntó el Fiscal General.

Volviendo al caso del banco que gira el cheque, Montealegre señaló que si bien existe el deber de parte del banco de cumplir con las normas antilavado respecto a sus clientes, no menos cierto es que no debe hacer lo mismo con los terceros, ya que aquí opera el principio de confianza’’, toda vez que si adelantó el proceso de debida diligencia de conocimiento del cliente y no halló inconsistencias, parte de la base de que los allegados a ese cliente también son personas idóneas.

Para finalizar, el Fiscal señaló que ‘‘no basta con que formalmente la conducta se adecue al verbo contenido en el Código Penal, sino que además es necesario que se cumplan con las tres estructuras de imputación descritas a lo largo de la intervención’’.

 

 

InfoLAFT comenta:

Acerca de la teoría del riesgo permitido

 

En el documento del GAFI titulado guidance on the risk-based approach to combating money laundering and terrorist financing, particularmente en su numeral 1.13. denominado High Level Principles and ProceduresThe purpose of the Risk-Based Approach, en sintonía con lo expresado ahora por el Fiscal General, se precisa que debe reconocerse que una metodología basada en el riesgo no permite descubrir todos los casos sospechosos de lavado de dinero o de financiación del terrorismo y que por lo tanto, las autoridades deben tener ello en consideración para no sancionar a una institución financiera si ha adoptado una metodología razonadamente basada en la administración del riesgo, de conformidad con los parámetros de la  debida diligencia.

Sin embargo, advierte el GAFI, cuando una institución financiera no mitiga efectivamente los riesgos, debido a que no ha adoptado una metodología razonadamente basada en la administración del riesgo, o si esta metodología presenta una falla en su diseño, las autoridades deben imponer sanciones apropiadas. Ha de entenderse que esta falla en su diseño incluye el incumplimiento de procedimientos no detectados oportunamente.

 

Acerca del principio de confianza

Es necesario tener en cuenta que además del conocimiento del cliente, las entidades financieras tienen diferentes niveles de responsabilidad con respecto a otras personas.

Así por ejemplo, tratándose de la vinculación de personas jurídicas el conocimiento del cliente supone, además de lo dispuesto en el formulario, conocer la estructura de su propiedad, es decir, la identidad de los accionistas o asociados que tengan directa o indirectamente más del 5% de su capital social, aporte o participación en la entidad, como también el nombre y otros datos relevantes de su representante legal.

Respecto del beneficiario final, esto es, la persona propietaria o destinataria de los recursos, o aquella que se encuentra autorizada o facultada para disponer de los mismos, existe el deber de identificarlo al momento de la vinculación del cliente, o posteriormente.

La información del afianzado y/o beneficiario en los contratos de seguros y capitalización debe recaudarse cuando menos al momento de la presentación de la reclamación, vencimiento y pago del título, rescisión del mismo, pago del sorteo o presentación de la solicitud de préstamo sobre el título.

Las personas naturales o jurídicas que pretenden adquirir activos fijos de la entidad también deben ser objeto de los procedimientos de conocimiento del cliente. Así mismo, determinados ordenantes o beneficiarios de operaciones de transferencia deben considerarse como clientes.

Respecto de los corresponsales en el exterior se debe reunir, entre otros datos, información sobre si han sido objeto de sanción o intervención de la autoridad de control por lavado de activos o financiación del terrorismo.

Para terminar, es de destacar que el SARLAFT también debe prever procedimientos y metodologías para que las entidades se protejan de ser utilizadas en forma directa, es decir a través de sus accionistas, administradores y vinculados como instrumento para el lavado de activos y/o canalización de recursos hacia la realización de actividades terroristas.

Por consiguiente, acreditar el juicioso cumplimiento de las correspondientes obligaciones en sus diferentes niveles con respecto a cada una de estas personas resulta indispensable para que resulte aplicable el principio de confianza en aquellos eventos en que éstas intervengan dentro de la operación objeto de eventual glosa.

 

Tema 7: Futuros cambios en motor de búsqueda OFAC

 

El agregado para Colombia de la Oficina de Control de Activos Extranjeros (OFAC por su sigla en inglés), Mark Samara, anunció que próximamente se podrán hacer verificaciones con el número de identificación de las personas naturales o jurídicas.

Hasta ahora las búsquedas que se realizan a través de OFAC se pueden adelantar a través de nombres, programas, países, ciudades o direcciones. Pues bien, según anunció el agregado para Colombia de OFAC, Mark Samara, las consultas se podrán realizar también con las cédulas o pasaportes en el caso de las personas naturales y los NIT de las personas jurídicas para garantizar mayor facilidad. ‘‘Eso viene pronto’’, aseguró.

Samara también explicó la reciente modificación en los conectores de los designados, el cual anteriormente aparecía como ‘c/o’ y ahora es ‘linked to’. Según el Agregado, el ‘c/o’ se ubicaba en el campo de direcciones y generaba confusiones, razón por la cual OFAC decidió poner ‘linked to’ para brindar mayor claridad y así evitar errores al interior de las entidades que hacen uso de la información.

Por otra parte, la Oficina de Control entregó las siguientes cifras sobre designados en varios de sus listados:

Sanción

No. designados

Lista Clinton

1.200

Ley Kingpin

1.200

Lista Terrorismo

580

Lista WMD

450

Otras sanciones

1.809

 

Total

5.239

 

A continuación se detallan las cifras de remociones:

Sanción

No. removidos

Lista Clinton

580

Ley Kingpin

39

 

Total

619

 

El siguiente es el listado de las multas más altas impuestas por violaciones a las sanciones de OFAC:

Entidad

Monto (cifras en millones de dólares)

ING Bank

U$619

Credit Suisse AG

U$536

Lloyds TSB Bank

U$350

Barclays Bank

U$298

JP Morgan

U$88

 

Finalmente, Samara les recomendó a los funcionarios de las unidades de cumplimiento de las entidades vigiladas y del sector real realizar las verificaciones con bastante cuidado, ‘‘ya que no todas las empresas de Irán están allí, y lo mismo ocurre con Siria’’. Los delincuentes usan empresas de fachada en varias partes del mundo y ese es un problema al que se le debe prestar atención.

 

Tema 8: Lozano: aportes para mejorar el SARLAFT

 

El director de InfoLAFT y gerente de Lozano Consultores, Alberto Lozano Vila, enfocó su intervención en el XII Congreso Panamericano de Riesgo LA/FT en dos frentes: uno de crítica constructiva hacia puntos del SARLAFT que considera presentan fallas y otro de recomendaciones para que los funcionarios de las unidades de cumplimiento puedan administrar el riesgo de una forma más efectiva.

 

Análisis general

El director de InfoLAFT y gerente de Lozano Consultores, Alberto Lozano Vila, señaló que la masiva salida de personas de la Lista Clinton demuestra que allí solamente se están quedando los delincuentes de mayor rango y saliendo los de más bajo perfil, algo que hace de la lista una herramienta con información mucho más específica.

Por otra parte, criticó a la Circular 11 de 2011 que obliga a los transportadores de carga por carretera a implementar un Sistema Integral de Prevención del Lavado de Activos y Financiación del Terrorismo (SIPLAFT) por copiar definiciones de la Unidad de Información y Análisis Financiero (UIAF) y no haber sido consultada previamente con expertos y los gremios. ‘‘Es una colcha de retazos y es una mejor práctica de lo que no se debe hacer’’.

 

Observaciones y sugerencias para mejorar el SARLAFT

Lozano afirmó que el SARLAFT es similar a un sudoku, cuya característica principal es que se puede ‘‘llenar’’ sólo si se comprende la formula matemática que está detrás de él. ‘‘Cuando planteamos en el libro (SARLAFT práctico) que debía existir un modelo matemático que integrara los factores de riesgo agregados y desagregados nos referíamos a eso, ya que ocurrió que las entidades no lo podían aplicar porque su metodología no contemplaba desagregar el riesgo’’.

En igual medida, cuestionó que la Superintendencia le solicite a sus vigilados identificar el riesgo inherente, residual y el control por producto y no por segmento. ‘‘Si uno tiene 500 productos no puede saber cuales son los controles de ese producto. Uno lo que sabe es cuales son los controles del proceso o de la organización.Unir controles con producto no es adecuado, toda vez que este no es un problema de metodología, sino que así no se gestiona el riesgo’’.

Alberto Lozano Vila, director de InfoLAFT y gerente Lozano Consultores. Foto: InfoLAFT

 

‘‘La Superintendencia tiene una visión de lo que cree que es el SARLAFT, pero nosotros no la tenemos’’, aseveró Lozano y agregó que ‘‘por la manera como está redactado pareciera que ya hay un modelo y el supervisor espera que la información se entregue de una forma’’. Para justificar lo anterior apuntó que así lo demuestra la relación de controles con producto y la solicitud de que haya una correspondencia entre riesgo inherente, medición de controles y riesgo residual. ‘‘La efectividad de controles y el riesgo son dos dimensiones diferentes de una metodología de medición, ya sea cualitativa o cuantitativa’’, aseveró.

Continuando con el sentido constructivo de su conferencia, Lozano Vila pidió que el supervisor ‘‘entregue un modelo SARLAFT muy claro o una libertad metodológica que tenga unos parámetros claros de evaluación, porque preocupa que haya entidades con modelos muy efectivos que no caben dentro de ese modelo que la Superintendencia tiene en mente’’.

Para finalizar, apuntó que al SARLAFT le falta un factor de riesgo que debería ser el activo (allí entrarían los pesos, los dólares y la tierra). ‘‘Estoy tranquilo con los productos sofisticados porque el riesgo allí se maneja con personas conocedoras y expertas, pero la tierra en Colombia –entiéndase aquí la tierra como locales y apartamentos– representa hoy en día un gran problema’’.

 

Propuesta innovadora: dos segmentaciones

Según Alberto Lozano, las autoridades no deben esperar que todos los elementos de un segmento sean idénticos. La segmentación tiene que tener un propósito y el propósito a veces puede ser incompatible como medición del riesgo y detección. Razón por la cual una segmentación debería medir el riesgo y la otra detectar. ‘‘Es necesario que las entidades y autoridades comprendan que jamás habrá grupos 100% homogéneos’’.

 

Recomendaciones para administrar el riesgo

Antes de entregar consejos a los funcionarios de las unidades de cumplimiento, Lozano Vila destacó el anuncio realizado por el superintendente Delegado, Jorge Galeano, alrededor de que algunas variables se pueden descartar. El reconocido consultor señaló que lo ve con ‘‘agrado’’, ya que las variables no tienen que ser las que se encuentran en la norma, sino que se puedan cambiar algunas que no producen efectividad.

Respecto a las recomendaciones puntualizó que hay elementos que valen la pena copiar de otros países y por ende se debe olvidar la idea irracional de que el SARLAFT sea 100% colombiano. ‘‘Aquí nos pueden servir las listas de chequeo de los australianos para los sistemas tipo SARLAFT en negocios pequeños y medianos, incluso nos sería de gran utilidad aplicar apartes del manual del supervisor mexicano’’. En este punto de su intervención sugirió a la Superintendencia Financiera dar a conocer el manual del supervisor colombiano, el cual sería de gran utilidad para la administración del riesgo.

Aconsejó a las unidades de cumplimiento aplicar en sus procesos la Norma ISO 31000, la cual le aportaría valor a la organización y permitiría desarrollar el concepto de evento de riesgo. ‘‘En igual medida ayudaría a manejar cuasiaccidentes o cuasieventos, en lugar de los riesgos materializados’’.

Se deben diseñar controles diferenciales para descartar los controles absolutos que han demostrado no ser efectivos. ‘‘Les recomiendo diseñar el control y diseñarle igualmente variables para que exista debida diligencia reforzada y debida diligencia simplificada. Ese es un concepto que le hace falta al SARLAFT’’, señaló.

Finalmente, afirmó que las unidades de cumplimiento deben dejarse evaluar y aprovechar las auditorias para identificar en donde están las fallas, dejar de implementar alertas mentirosas y tener en cuenta a la prensa regional en la gestión del riesgo.

 

Encuesta SARLAFT

Durante su conferencia, el gerente de Lozano Consultores dio a conocer una encuesta realizada a varios funcionarios de las unidades de cumplimiento de algunas entidades alrededor de puntos relacionados con el SARLAFT. A continuación se detallan las cifras:

  • El 33% de las alertas son falsos positivos. (Aquí se debe señalar que algunas entidades indicaron que el porcentaje ascendía al 80%)
  • Los funcionarios de las unidades han cambiado entre 3 y 6 veces su SARLAFT.
  • El 62% de los encuestados está satisfecho con el sistema antilavado colombiano.

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