Colombia tendría lista de PEP. Imagen Freepik
La Secretaría de Transparencia y la Unidad de Información y Análisis Financiero (Uiaf) están revisando el proyecto de Decreto que emitirá una lista de cargos de funcionarios públicos, el cual se prevé que sea emitido a principios de 2015.
Camilo Enciso, secretario de transparencia, señaló por medio de la repuesta a un derecho de petición radicado por infolaft que ‘‘la confección del listado PEP estima básicamente la vulnerabilidad que tienen los funcionarios que ejercen altos cargos del Estado así como los ordenadores de gasto’’.
El exsecretario de transparencia Rafael Merchán señaló en entrevista con infolaft, publicada en la edición 61, que en la lista de cargos ‘‘uno tendría en principio al alto Gobierno y a aquellos cargos que por la función que desempeñan estarían en riesgo.
Esto es en el Gobierno Nacional, pero el siguiente paso ya sería ver cómo se maneja eso a nivel de las entidades territoriales, lo cual debería hacerse en una fase posterior’’.
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En consecuencia, en los cargos públicos colombianos incluidos en el Decreto estarían la Presidencia de la República, la Vicepresidencia de la República, los ministerios, los departamentos administrativos, las superintendencias y las empresas comerciales o industriales del Estado.
Mientras que las alcaldías, las gobernaciones y sus dependencias no serían incluidas.
Si bien esta medida es un avance en pro de brindar una herramienta a las entidades obligadas a prevenir el LA/FT, es importante aclarar que la definición de PEP es mucho más amplia que la prevista en el proyecto de decreto.
Además, las entidades tanto del sector financiero como del sector real tienen potestad para definir a quiénes califican como PEP.
Vale la pena señalar que el artículo 110 del Decreto 111 de 1996, el cual hace referencia a la capacidad de contratación de las entidades estatales, permite a los jefes de órganos que tienen una sección en el presupuesto general de la Nación delegar la ordenación del gasto ‘‘(...) en funcionarios del nivel directivo o quien haga sus veces’’, con lo cual se ampliaría el listado de los cargos.
La Secretaría de Transparencia también destacó que ‘‘la promulgación del Decreto se tiene prevista para enero de 2015. Y la entidad encargada para emitirlo es el Ministerio de Hacienda y Crédito Público’’.
Por considerarlo de interés, infolaft presenta a continuación los listados de PEP existentes en otros países de la región.
Los PEP chilenos
La Circular 49 del 3 de diciembre de 2012, emitida por la Unidad de Análisis Financiero de Chile (UAF), suministra a las entidades obligadas a prevenir el lavado de activos y financiación del terrorismo un listado de personas expuestas políticamente (PEP), quienes son ‘‘los chilenos o extranjeros que desempeñan o hayan desempeñado funciones públicas destacadas en un país, hasta lo menos un año de finalizado el ejercicio de las mismas’’.
La Circular agrega que ‘‘se incluyen en esta categoría a jefes de estado o de un gobierno, políticos de alta jerarquía (entre ellos, a los miembros de mesas directivas de partidos políticos), funcionarios gubernamentales, judiciales o militares de alta jerarquía, altos ejecutivos de empresas estatales, así como sus cónyuges, sus parientes hasta el segundo grado de consanguinidad y las personas naturales con las que hayan celebrado un pacto de actuación conjunta mediante el cual tengan poder de voto suficiente para influir en sociedades constituidas en Chile’’.
Entre los PEP descritos por la UAF se encuentran los siguientes cargos:
- Presidente
- Senadores
- Diputados
- Gobernadores
- Alcaldes
- Ministros de Estado
- Ministros de la Corte Suprema y cortes de apelaciones (magistrados)
- Comandantes en jefe de las Fuerzas Armadas
- Fiscal Nacional
- Contralor General
La lista mexicana
La Secretaría de Hacienda y Crédito Público de México suministra a las entidades obligadas a prevenir el LA/FT un listado de cargos públicos que ‘‘serán considerados para definir a las personas políticamente expuestas nacionales, de manera enunciativa’’.
Entre dichos cargos se destacan el Presidente de la República, secretarios de estado, Procurador General de la república, consejero jurídico del ejecutivo federal, subsecretarios, subprocuradores de la procuraduría general de la república, oficiales mayores, jefes o coordinadores generales de unidad, directores generales, o sus homólogos, así como representantes en el extranjero de la procuraduría general de la república y de las dependencias de la administración pública federal.
Listado de Perú
La Superintendencia de Banca, Seguros y AFP de Perú emitió hace algunos años una lista donde aparecen los que considera cargos de personas expuestas políticamente (PEP), la cual es de dominio público y está colgada en la web.
De acuerdo con Sergio Espinosa, director de la Unidad de Información Financiera de Perú, ‘‘lo que no hemos podido lograr a la fecha es darle un contenido de nombres a esa lista, toda vez que esa información la maneja la Contraloría General’’.
Sin embargo, Espinosa destaca que este instrumento ‘‘ha sido útil para los bancos y demás sujetos obligados y, algunos de ellos, incluso, han completado los nombres y los mantienen actualizados, siendo una permanente fuente de consulta para sus labores’’.