El pasado 17 de marzo la Superintendencia Financiera de Colombia expidió la carta circular 18 de 2016, por medio de la cual exige a estos profesionales cumplir con el deber de entregar ROS.
La ley 1762 de 2015, también conocida como ley anticontrabando, impuso a los revisores fiscales la obligación de reportar a la Unidad de Información y Análisis Financiero (Uiaf) las operaciones catalogadas como sospechosas que identifiquen ‘‘dentro del giro ordinario de sus labores’’.
A raíz de ello la Superintendencia Financiera emitió la carta circular 18 de 2016, en la cual ‘‘se permite recordar’’ a los revisores fiscales de las entidades por ella vigiladas ‘‘la necesidad de registrarse’’ en el sistema de reporte en línea de la Uiaf (Sirel).
Tal registro debe hacerse según lo estipulado en el instructivo técnico publicado en la sección reportantes de la página de Internet de la Uiaf.
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