
A través de su Carta Circular número 78 del 16 de noviembre de 2016, la Superintendencia Financiera de Colombia emitió un concepto acerca de las operaciones realizadas con monedas virtuales en el que reitera todo lo expresado al respecto tanto por la misma superintendencia (en Carta Circular 29 de 2014) como por el Banco de la República (oficio GG2105 de septiembre de 2016).