La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) publicó un proyecto de resolución que extendería el plazo hasta septiembre de 2022.
Las empresas obligadas a registrar a sus beneficiarios finales dentro del Registro Único Tributario RUT tendrían varios meses adicionales para cumplir con su tarea.
Un proyecto de resolución publicado el 18 de febrero de 2022 plantea modificar el artículo 10 de la resolución 164 de 2021, el cual fija los plazos.
La propuesta señala que las empresas constituidas hasta el 30 de junio de 2022 tendrían hasta el 30 de septiembre del mismo año para hacer el registro inicial.
Mientras que las sociedades constituidas después del 30 de junio tendrían que registrar a sus beneficiarios “a más tardar dentro de los dos (2) meses siguientes a la inscripción en el Registro Único Tributario RUT”.
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¿Cuáles son los plazos vigentes?
Vale la pena recordar que la resolución 164 –vigente hasta el momento– define que las personas jurídicas y estructuras sin personería jurídica constituidas antes del primero de enero de 2022 deben hacer el registro inicial a más tardar el 30 de junio de 2022.
Además, establece que las empresas creadas luego del primero de enero de 2022 tienen que hacer su registro inicial “a más tardar dentro del mes siguiente a su inscripción en el RUT”.
Posible eliminación de artículo sobre sociedades extranjeras
El proyecto de resolución también plantea eliminar el numeral 4 del artículo 4° de la resolución 164 de 2021.
Dicho numeral obliga a registrar a sus beneficiarios finales a las “personas jurídicas extranjeras y estructuras sin personería o similares cuyo valor de los activos ubicados en la República de Colombia representen más del cincuenta por ciento (50%) del valor total de los activos poseídos por la persona jurídica o estructura sin personaría jurídica o similar, según sus estados financieros”.
Los ciudadanos interesados en enviar sus comentarios acerca del proyecto de resolución pueden hacerlo al correo dirgen_oai@dian.gov.co hasta el 28 de febrero de 2022.