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No existen sanciones por incumplimientos del Sagrlaft

Enviado por Infolaft el

Artículo por: Infolaft

El pronunciamiento fue realizado por la Superintendencia de Sociedades a través de un oficio dirigido a Infolaft. Infolaft elevó una consulta a la Superintendencia de Sociedades con el objetivo de establecer si han emitido sanciones contra empresas por el eventual incumplimiento de los sistemas de autocontrol y gestión del riesgo de lavado de activos y la financiación (Sagrlaft), y también con el propósito de conocer cuántas visitas y requerimientos han realizado en los últimos dos años. La Superintendencia de Sociedades señaló que no existen sanciones contra las empresas del sector real por incumplimientos directos del Sagrlaft. No obstante, sí ha iniciado procedimientos sancionatorios por incumplimientos de “órdenes proferidas en ejercicio de sus funciones de seguimiento a la implementación de los Sagrlaft”. En este orden de ideas, están en proceso de ser sancionadas varias empresas que no respondieron a tiempo los requerimientos enviados por el supervisor hace algunos meses. También le puede interesar: consejos para responder requerimientos de la Supersociedades Es importante recordar que en su momento la Supersociedades preguntó a sus vigiladas si ya habían implementado sus sistemas, si ya tenían matrices de riesgo y si ya tenían nombrados a sus oficiales de cumplimiento, entre otros aspectos. Respecto a las visitas, en 2016 la Supersociedades no realizó visitas de inspección debido a que “las obligaciones de implementación entraron en vigencia tan solo en septiembre de 2016”; sin embargo, sí requirió a todas las obligadas para que informaran el estado de implementación de los Sagrlaft. Mientras que en 2017 sí se hicieron visitas a “sociedades particularmente expuestas al riesgo de LA/FT o que por su coyuntura empresarial ameritan un seguimiento especial de este tipo”. No obstante, la entidad se negó a suministrar más detalles a Infolaft por considerar que la eventual individualización de las empresas “podría generar efectos positivos o negativos en el mercado contrarios a las disposiciones de la ley 1581 de 2012”. También le puede interesar: recomendaciones para hacer buenos informes del Sagrlaft a la junta directiva

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