La UIAF informó que desde el 1 de julio de 2019 las organizaciones solidarias obligadas a implementar el Capítulo XVII del Título V (capítulo SARLAFT) de la Circular Básica Jurídica de la Superintendencia Solidaria deberán tener en cuenta los cambios a los plazos para los reportes, los cuales fueron modificados por la Circular Externa 14 de 2018.
Las modificaciones implementadas implican la reducción de los plazos que tienen las organizaciones solidarias que realizan actividades financieras para realizar los reportes de Ausencia de ROS, de Transacciones en Efectivo y Ausencia y de Asociados Exonerados del reporte de transacciones en efectivo y Ausencia.
Las listas vinculantes para Colombia
Respecto de las organizaciones solidarias que no ejercen actividades financieras, los plazos para realizar estos reportes se mantienen de manera trimestral.
De acuerdo con la UIAF, el objetivo de los cambios es optimizar el proceso de prevención y detección del lavado de activos y la financiación del terrorismo en el sector solidario,
Por considerarlo de interés para nuestros lectores, a continuación se trascribe el texto del comunicado en donde se informan de los cambios en los plazos de los reportes:
“Organizaciones Solidarias Que Ejercen Actividad Financiera
-Reporte de Ausencia de ROS. Periodicidad mensual. Del 1 al 10 del mes siguiente al corte mensual.
-Transacciones en Efectivo y Ausencia. Periodicidad mensual. Del 1 al 10 del mes siguiente al corte mensual.
-Asociados Exonerados del reporte de transacciones en efectivo y Ausencia. Periodicidad trimestral. Del 1 al 10 del mes siguiente al corte trimestral.
Listas restrictivas y habeas data
-Productos ofrecidos por organizaciones vigiladas y Ausencia. Periodicidad trimestral. Del 1 al 10 del mes siguiente al corte trimestral.
-Tarjetas crédito/débito. Periodicidad mensual. Del 1 al 10 del mes siguiente al corte mensual.
Organizaciones Solidarias Que No Ejercen Actividad Financiera
-Reporte de Ausencia de ROS. Periodicidad trimestral. Del 1 al 10 del mes siguiente al corte trimestral.
-Transacciones en Efectivo y Ausencia. Periodicidad trimestral. Del 1 al 10 del mes siguiente al corte trimestral.
-Asociados Exonerados del reporte de transacciones en efectivo y Ausencia. Periodicidad trimestral. Del 1 al 10 del mes siguiente al corte trimestral.”